window._taboola = window._taboola || []; var taboola_id = 'mycodeimpremedia-laopinion'; _taboola.push({article:'auto'}); !function (e, f, u, i) { if (!document.getElementById(i)){ e.async = 1; e.src = u; e.id = i; f.parentNode.insertBefore(e, f); } }(document.createElement('script'), document.getElementsByTagName('script')[0], '//cdn.taboola.com/libtrc/'+ taboola_id +'/loader.js', 'tb_loader_script'); if(window.performance && typeof window.performance.mark == 'function') {window.performance.mark('tbl_ic');}

Empadronamiento para votar

Toda la información que necesitas saber para registrarse a votar

IM_20120103_NEWS_111229781

Crédito: Ciro Cesar / La Opinion

El proceso de registración (empadronamiento) para votar varía entre los 50 estados y el Distrito de Columbia. Todos los estados excepto por Dakota del Norte requieren que los ciudadanos se registren antes de votar. Cada estado y el Distrito de Columbia requieren que el votante sea un ciudadano de Estados Unidos, tenga por lo menos 18 años de edad, y sea residente del estado en cual desean votar. Muchos de los estados y el Distrito de Columbia requieren que el votante sea residente del estado en cual desea votar por un periodo mínimo, usualmente 30 días de residencia. Además, la mayoría de los estados limitan la elegibilidad del votante a base de status criminal y competencia mental, sin embargo las limitaciones de elegibilidad varían.

¿Por qué me necesito registrar para votar?

  • Todos los estados con la excepción de Dakota del Norte requieren que los ciudadanos elegibles se registren para votar si desean votar en elecciones federales y estatales.
  • Cuando se registre para votar su nombre será agregado a la lista de votante registrado del estado. Esto le otorgara el derecho de votar en las elecciones en el estado.

  • Tiene que ser un ciudadano estadounidense (nativo o naturalizado).
  • Tiene que tener por lo menos 18 años de edad el día de la elección.
  • Tiene que ser residente del estado de donde desea votar.
  • No ser convicto de felonía, ni estar bajo libertad condicional por algún cargo de felonía. No reclamar el derecho a votar en otro estado, condado o ciudad.
  • Vaya a www.veyvota.yaeshora.info. Llene el formulario, imprima el formulario y envíelo por correo.
  • Se puede registrar para votar en la oficina local del Comité de Elecciones.
  • Se puede registrar en la oficina local del Departamento de Vehículos y Motores.
  • La mayoría de las oficinas del estado y de servicios sociales publicas, quienes proveen servicios públicos o programas de asistencia pública (ej. Oficina de Desempleo o Oficina de Seguro Social)
  • En muchos de los estados puede bajar el formulario de registración para votar visitando el sitio de internet de la Oficina del Comité de Elecciones y yendo al link de registración para votar.
  • Para registrarse para votar necesitara proveer información básica: Nombre, domicilio, ciudadanía, edad, sexo, etc.
  • Tendrá que proveer el número de su Licencia de Conducir/Identificación Estatal o los últimos cuatro números de su Seguro Social, dependiendo de los requisitos de identificación en su estado.
  • Formularios de registración varían de estado a estado. Algunos estados solicitaran información de su raza y etnia. En la mayoría de los estados, esta información es opcional.
  • Cada estado retiene Leyes de Privacidad de Información. Para obtener más información comuníquese con su oficial de elecciones.
  • La mayoría de los estados tienen una fecha de cierre de registro. Ciudadanos elegibles quienes desean votar en alguna elección deben registrase antes de la fecha de cierre de registro, cual usualmente es 30 a 15 días antes del día de la elección. Asegúrese de averiguar si su estado tiene una fecha de cierre de registración.

  • Comuníquese con la oficina de elecciones en su comunidad.
  • Visite el sitio de Internet de la Oficina de Elecciones del condado o oprima aqui para ver si su funcionario de elecciones en su condado permite que revise el estado de su registro en línea.
  • Si se registró para votar hace tiempo pero nunca ha votado, llame a su oficina de registro y elecciones pare verificar que su registración en su ciudad o condado todavía esta vigente.
  • O, llame al 1(888) VE-Y-VOTA

No necesita volverse a registrar en cada elección. Solamente:

  • Si su domicilio ha cambiado desde que se registro tendrá que volverse a registrar.
  • Si se ha cambiado de nombre legalmente, tendrá que volverse a registrar. Por ejemplo, si usted se ha casado y cambiado su apellido.
  • Si no ha votado en las ultimas dos elecciones federales consecutivamente, debería confirmar su status de registración antes de votar.
  • Si desea cambiar su afiliación de su partido político, debe volverse a registrar.
  • Cada vez que se muda o cambia de domicilio debería volverse a registrar para votar.
  • Llame al 1(888) VE-Y-VOTA
  • Visite el sitio de internet de la Oficina de Elecciones de su condado para ver si hay disponible una a herramienta en internet para localizar su lugar de votación

Los lugares de votaciones están abiertos de 7:00 a.m. a 8:00 p.m.

Personas que se hicieron ciudadanos estadounidenses despues de la fecha limite para registarse pueden registrarse y votaer en su oficina de elecciones en su condado entre el 14 y 7o dia antes de una elección (Elección General : entre el 19 y 26 de octubre).

Se enviará una boleta de muestra por correo a cada votante que se inscriba o reinscriba por lo menos 29 días antes de las elección. Se podrá enviar una boleta ejemplar a las personas que se inscriban entre 29 y 15 días antes de las elecciones si hay tiempo para procesar éstas inscripciones de último momento. De lo contrario, éstos aspirantes al registro recibirán una tarjeta por correo confirmando su registro como votantes que además incluirá una notificación sobre su lugar de votación.

En TODAS las elecciones habrá boletas de votación adicionales en los lugares de votación.

California actualmente tiene un sistema de elecciones primarias “modificadas” el cual entró en efecto el 1ro de enero del 2001. Este sistema permite a los votantes que no se registraron con un partido político (votantes no partidarios) participar en una elección primaria si es autorizado por las regulaciones del algún partido y con el conocimiento de la Secretaría de Estado.

Actualmente los votantes no partidarios pueden votar por un candidato en el Partido Republicano o Demócrata. Sin embargo, si el votante quiere votar por un candidato de algún otro partido, debe estar registrado en ese partido.

Los votantes de California no necesitan mostrar una identificación antes de emitir su voto excepto las personas que votan por primera vez y que se registraron por correo y no enviaron prueba de identificación con su aplicación (por ejemplo: su licencia de manejo, el número de su identificación de California o los últimos cuatro números de su seguro social).

Las personas que votan por primera vez que entran en esta categoría necesitarán mostrar una identificación a las autoridades electorales. Son aceptadas identificaciones con o sin fotografía.

Formas Aceptables de Identificación

Los votantes que emiten su voto en persona que necesitan mostrar una identificación deben de proveer prueba de residencia o identidad presentando algunos de los documentos descritos en el los párrafos 1 y 2:

  1. Identificación con fotografía válida que incluya el nombre y la fotografía de la persona que la presenta. Ejemplos de identificaciones con fotografía incluyen pero no se limitan a los siguientes documentos:

    • Licencia de conducir o Identificación de cualquier estado
    • Pasaporte
    • Tarjeta de identificación como empleado
    • Tarjeta de identificación proporcionada por un establecimiento comercial
    • Tarjeta de crédito o débito
    • Tarjeta de identificación de las fuerzas armadas
    • Tarjeta de identificación de estudiante
    • Tarjeta de identificación de un club de salud (gimnasio)
    • Tarjeta de identificación de un plan de seguro o
    • Tarjeta de identificación de vivienda pública
  2. Cualquiera de los siguientes documentos, siempre y cuando el mismo incluya el nombre y dirección de la persona que lo presenta y esté fechado con posterioridad a las últimas elecciones generales, a menos que el documento tenga un carácter permanente como un indulto u otorgamiento de libertad o a menos que se apliquen los requisitos para la fecha del párrafo (*), incluyendo:

    • Factura de servicios públicos
    • Estado de cuenta de un banco
    • Cheque del gobierno
    • Cheque de pago del gobierno
    • Documento emitido por un organismo del gobierno
    • Boleta de muestra u otro documento electoral oficial emitido por un organismo gubernamental fechado para la elección en que la persona lo presenta como prueba de residencia o identidad (*)
    • Tarjeta de notificación del votante emitida por un organismo del gobierno
    • Tarjeta de identificación de vivienda pública emitida por un organismo del gobierno
    • Documento o contrato de arrendamiento o alquiler emitido por un organismo del gobierno
    • Tarjeta de identificación de estudiante emitida por un organismo del gobierno
    • Estado de cuenta de centro educativo o factura emitida por un organismo del gobierno
    • Tarjeta del plan de seguro o tarjeta de descuento para medicamentos emitida por un organismo del gobierno
    • Documentos de otorgamiento de libertad, indultos u otros documentos oficiales emitidos a la persona por un organismo del gobierno en conexión con la resolución de un caso penal, acusación, condena u otro asunto
    • Tarjeta para jubilados de la autoridad de transporte público y tarjeta de descuentos para personas discapacitadas emitidas por un organismo del gobierno
    • Documentos de identificación emitidos por organismos gubernamentales para personas con discapacidades
    • Documentos de identificación emitidos por refugios gubernamentales para personas sin techo y otras dependencias gubernamentales de refugio provisional o instalaciones de transición
    • Receta médica emitida por un médico del gobierno u otro proveedor del cuidado de la salud del gobierno
    • Declaración sobre impuestos a la propiedad emitida por un organismo del gobierno
    • Registro del vehículo emitido por un organismo del gobierno o
    • Certificado de propiedad del vehículo emitido por un organismo del gobierno

¿Quién puede votar por adelantado en persona?

Cualquier votante registrado puede votar por adelantado en persona

¿Dónde puede alguien votar por adelantado en persona?

Para las fechas, horarios y lugares para votación por adelantado el votante debe contactar la oficina de elecciones de su condado de residencia. La lista de todas las autoridades y su información de contacto la pueden encontrar en www.ss.ca.gov/elections/elections_d.htm.

¿Cuándo puede alguien votar por adelantado en persona?

Por favor visite la oficina de elecciones del condado para las fechas de votación adelantada.

¿Quién puede votar ausente por correo?

Cualquier votante registrado puede votar por correo sin proveer ninguna justificación.

¿Cómo puedo solicitar una boleta de voto ausente?

  • Complete y envíe la solicitud impresa que se encuentra en su boleta ejemplar.
  • Puede enviar una petición por escrito a la oficina de elecciones de su condado. Su petición debe de incluir su nombre, la dirección donde usted quiere recibir su voto por correo, su firma y el tipo y la fecha de la elección en la cual quiere votar por correo. Visite www.ss.ca.gov/elections/elections_d.htm para localizar las direcciones de las oficinas de elecciones de su condado.

¿Cuándo puedo solicitar una boleta de voto ausente?

Usted puede solicitar el voto por correo 29 días antes de la elección y hasta 7 días antes de la misma.

¿Cuándo puedo regresar una boleta de voto ausente?

Los votos por correo deben ser recibidos a más tardar las 8 p.m. el día de la elección. También pueden ser regresados en persona en el lugar de votación.

¿Puedo solicitar ser elector ausente permanente?

Cualquier votante registrado puede solicitar el voto-por-correo permanente al marcar la opción correspondiente y firmarla en una petición de voto por correo o en la solicitud de registro del votante. Al votante se le enviará automáticamente el voto-por-correo para cada elección sin que deba realizar una solicitud para cada elección siempre que continúe votando. Si no emite su voto en dos elecciones generales consecutivas quedará eliminado de la lista de voto-por-correo permanente.

Existen disposiciones especiales para los ciudadanos de EE.UU. que se encuentran en el extranjero o en las fuerzas armadas y desean votar en ausencia; estas disposiciones les permiten a los votantes registrarse y recibir una boleta de votación por correo en el extranjero. Los votantes que caen en estas circunstancias son considerados como “votantes por correo especiales.”

Para calificar como un “votante por correo especial” usted debe ser:

  • Un miembro de las fuerzas armadas en servicio (Armada, Naval, Fuerza Aérea, Fuerzas de la Marina y Guardia Costera) u otro servicio sin uniforme (cuerpos comisionados del Servicio de Salud Pública, cuerpos comisionados de la Administración Atmosférica y Oceánica Nacional)
  • Un/a esposo/a o dependiente de algún miembro de las fuerzas armadas
  • Un miembro de la Marina Mercante o
  • Un ciudadano civil viviendo fuera de los Estados Unidos

Para ser un votante por correo especial use la Tarjera Federal de Solicitud (FPCA) que es aceptada por todos los estados y territorios. La FPCA tiene el porte postal pagado, incluye el sistema postal militar y el correo del Departamento de Estado.

Contenido Patrocinado