Corte de Apelaciones: LAUSD no puede culpar a estudiante abusada

El Distrito pedía que se admitiera presentar el historial sexual de la jovencita de 14 años

Más de 550,000 alumnos del LAUSD regresaron a clases este martes para un Nuevo año escolar.

Crédito: Archivo | La Opinión

Con una decisión de 3-0, la Corte de Apelaciones de California dictaminó que el Distrito Escolar Unificado de Los Ángeles (LAUSD) no puede culpar a una joven de 14 años por el abuso que sufrió a manos de su maestro, ni tampoco presentar el historial sexual de la adolescente.

De esta manera, la Corte revirtió el fallo de una corte menor que involucra a una exestudiante de la escuela intermedia Edison del sur de Los Ángeles que tuvo sexo durante siete meses con su maestro, Elkis Hermida, en 2010 y 2011.

Durante ese tiempo, el maestro convenció a la chica de tener relaciones sexuales con él, dentro y fuera de la escuela.

El maestro fue condenado a tres años de prisión en el 2011 por actos lascivos con una menor.

Elkis Hermida.
Elkis Hermida.

Dos años después, un jurado de la corte de Los Ángeles rechazó el argumento de la joven que culpaba al LAUSD de negligencia en la supervisión de Hermida y los hacía responsables de daño emocional a su persona. La menor apeló el veredicto.

“La víctima no tiene ninguna responsabilidad por el daño que sufre en un crimen”. – Corte de Apelaciones

El abogado de la joven, Holly Boyer, dijo a  Los Angeles Times que la juez de ese caso cometió un error al permitir que se mostrara evidencia del pasado sexual de la estudiante, lo que permitió que el distrito argumentara que la joven era parcialmente responsable de este abuso.

El resumen de la apelación señalaba a la joven como parcialmente responsable porque le mintió a sus padres y maestros para ocultar una relación sexual voluntaria con Hermida y “por lo tanto, frustró la capacidad del Distrito para obtener información sobre el caso y detenerlo”. También argumentaron que era apropiado incluir evidencia de su pasado sexual para evaluar su angustia emocional.

De acuerdo con reportes de la corte, Hermida hizo contacto con la joven cuando ésta tenía 13 años a través de las redes sociales y luego comenzó a enviarle textos con insinuaciones sexuales. Despues la invitó a su clase, donde se besaban para luego terminar teniendo relaciones sexuales en la escuela o en moteles cerca del recinto escolar.

En su decisión de esta semana, la Corte de Apelaciones escribió:

La víctima no tiene ninguna responsabilidad por el daño que sufre en un crimen. Por ende, el supuesto consentimiento de un menor a un crimen simplemente no es relevante en acciones de responsabilidad en contra de un distrito escolar por daños que se generen del abuso sexual de un menor a manos de un maestro. Específicamente en este caso, la parte acusadora supuestamente consintió los crímenes de Hermida pero eso no es de ninguna manera relevante al tema de que si el Distrito fue negligente en la supervisión de Hermida, o si ella sufrió daños como resultado de esa supervisión.

La Corte de Apelaciones también consideró que el juez de la corte menor falló al permitir que el Distrito introdujera evidencia sobre el historial sexual de la adolescente.

Este caso generó la aprobación de una ley en julio que impide a las partes acusadas en casos civiles acusadas de abuso sexual de menores argumentar que el sexo fue consentido.

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