Esquina migratoria: respondemos a tus preguntas de inmigración

LLEGAN A WASHINGTON MILES DE ACTIVISTAS PARA PEDIR UNA REFORMA MIGRATORIA

Crédito: Archivo | La Opinión

Las respuestas a estas preguntas son ofrecidas por Daniel Sharp, director legal para la organización comunitaria CARECEN.

Soy una persona indocumentada con 25 años aquí en Estados Unidos. Tengo 2 hijos, uno ciudadano americano de 22 años y otro de 29 años sin papeles. ¿Quiero saber si tengo alguna posibilidad de arreglar mi residencia? Nunca he vuelto a México, ni tengo problemas con la ley. El único problema es que no tengo dinero para empezar los trámites. Soy madre soltera, por ese motivo no he podido arreglar. ¿Adónde puedo recurrir para alguna ayuda?

Desafortunadamente, el dinero no es el único factor para poder arreglar la residencia. No das suficiente información para analizar tu situación, pero muchas personas simplemente no califican para la residencia bajo las leyes actuales, a pesar de tener hijos ciudadanos y una larga estadía en Estados Unidos.

El primer paso es una consulta legal con un abogado de inmigración o representante acreditado en una organización sin fines de lucro reconocida por el gobierno federal. Puedes usar el directorio de la Red de Defensores de Inmigración (IAN) para identificar a un proveedor de servicios legales sin fines de lucro en cualquier estado del país: http://www.immigrationadvocates.org/nonprofit/legaldirectory/

Yo soy ciudadano y mi esposa no tiene papeles. Ella se casó en México y se divorció, pero no tiene ningún documento de divorcio que lo compruebe. Ella vive aquí desde 1988. Nosotros estamos casados aquí y quiero saber que puedo hacer para legalizarla a ella.

Tu esposa tiene que obtener el comprobante de divorcio de su primer esposo para que el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) reconozca la validez del matrimonio de ustedes. Si lo que quieres decir es que ella no hizo ningún proceso legal de divorcio y por eso no tiene ningún documento, entonces el matrimonio de ustedes no tiene validez (al menos que el esposo de ella haya fallecido antes de que ustedes se casaran). Una simple separación, aunque sea por largo tiempo, no finaliza el matrimonio ni le permite volverse a casar legalmente en Estados Unidos. En este caso, ella tendría que completar el divorcio legal y luego casarse contigo de manera válida.

Después de asegurar que están casados legalmente, puedes iniciar un proceso de inmigración por familia. Si ella fue “inspeccionada y admitida” por inmigración al ingresar a EEUU, o si está protegida por la ley 245(i) (por ser beneficiaria de una petición el 30 de abril de 2001 o antes), entonces ella podrá completar su proceso de la residencia dentro de EEUU. De lo contrario, tendría que salir y presentarse en el consulado de EEUU en Cuidad Juárez para obtener la residencia. En este caso, le aplicarían un castigo de 10 años por la carencia de estatus legal durante mas de 1 año antes de salir de EEUU.

Ciertas personas pueden recibir un perdón a ese castigo si pueden demostrar que tienen un esposo o padre residente o ciudadano que experimentará un sufrimiento extremo si castigan al familiar 10 años fuera de país. Si la única violación migratoria que le tienen que perdonar es la carencia de estatus, ella podría pedir un perdón provisional antes de salir del país.

Como ves, puede ser un proceso complicado. Para asesoría legal, use el servicio de referencias de AILA: www.ailalawyer.com; (800)954-0254.

Advertencia

Estas respuestas no se deben tomar como una asesoría legal para ningún individuo, caso o situación particular. La situación expuesta en una pregunta no revela todo el historial migratorio de una persona. Debido a la complejidad de la ley migratoria, se recomienda consultar con un abogado de inmigración o representante acreditada por el gobierno federal para recibir asesoría legal individualizada antes de comenzar cualquier trámite migratorio.

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