La primera queja ante T-MEC por discriminación es… ¡de mujeres migrantes!

Adareli Ponce, una mujer migrante que buscó trabajo en EE.UU., se enfrentó a la barrera de la discriminación por lo que tuvo que presentar la primera queja oficial en el marco del acuerdo del Tratado México, EE.UU. y Canadá.

Adareli Pérez en una sesión de capacitación a otras trabajadoras

Adareli Pérez en una sesión de capacitación a otras trabajadoras. Crédito: Centro de los Derechos del Migrante | Cortesía

MEXICO.- Adareli Ponce quería ir la universidad, pero no pudo. Vivía en una comunidad alejada del estado de Hidalgo y sus padres no pudieron apoyarla. Estudió hasta la preparatoria y pronto se dio cuenta de que, para ganarse la vida, tenía que hacer lo mismo que sus vecinos y amigos del pueblo: buscar una visa H2.

A ella le daba lo mismo si encontraba algún empleo en el campo o en la ciudad; bajo el sol o con aire acondicionado. Lo suyo era poder mejorar sus condiciones de vida con un trabajo bien pagado que jamás tendría en México y por eso se empeñó en buscar un espacio en el complicado mundo de la migración legal con trabajo temporal en Estados Unidos.

Así se dio cuenta de que como mujer sus posibilidades eran mínimas. Las estadísticas, le daban la razón: sólo el 3% de ellas eran contratadas por los empleadores estadounidenses que preferían a los varones: 97 de cada 100.

“De eso han pasado casi 20 años y todo sigue igual”, advierte: los patrones gringos siguen contratando principalmente hombres.

Por eso decidió escalar el tema y presentó en días recientes, con apoyo de diversas organizaciones,  primera queja oficial en el marco del acuerdo del Tratado México, Estados Unidos, Canadá.

El T-MEC incluyó un nuevo artículo (el 23) en su nueva versión del Tratado de Libre Comercio que obliga a los firmantes a tomar acciones contra la discriminación y apoya el objetivo de promover la igualdad de la mujer en los centros de trabajo, entre otros puntos contra la desigualdad laboral.

Contrario a este espíritu progresista del T-MEC, el día a día es un dolor de cabeza para las mujeres que aspiran a trabajar temporalmente en Estados Unidos como jornaleras con visas H2A o en diversos oficios con visas H2B y así lo detectaron 39 organizaciones de defensa de los derechos de las trabajadoras migrantes que impulsan la queja que se presentó ante .

La discriminación por sexo en contra de las mujeres se manifiesta de tres maneras, principalmente, advierte el documento. En primer lugar, a través de prácticas de reclutamiento y contratación sistemáticamente discriminatorias, en las que las ellas son excluidas como práctica común.

Adareli Ponce tuvo que esperar tres años por una oportunidad y sólo logró entrar por recomendación de un amigo. O sea que las oportunidades de ese tipo no están a disposición de todo el mundo en una bolsa de trabajo que se entienda, “hay que tener influencias”.

En segundo lugar, el número limitado de mujeres que sí son admitidas para trabajar con visas H-2 son canalizadas al programa de visas H-2B que, en términos generales, tiene condiciones menos deseables que el programa de visa H-2A, principalmente debido a que contempla menor remuneración y prestaciones, como la vivienda provista por el empleador.

En tercer lugar, una vez en el programa de visas H-2B, las mujeres son relegadas por los empleadores a trabajos menos favorables y con menor remuneración que sus contrapartes masculinas, a pesar de contar con las mismas calificaciones que los hombres.

Otro asunto de mayor delicadeza es el tema de acoso. Mariza Perez, la segunda migrante en la queja ante T-MEC,  trabajó en la agricultura utilizando una visa H-2A en la pizca de pimiento, calabaza y pepino.

Las mujeres en su centro de trabajo eran relegadas a asignaciones de menores ingresos como el empacado. Durante el tiempo que trabajó bajo este programa, Pérez fue objeto de acoso sexual continuo y severo, incluyendo del tipo conocido como “quid pro quo” en el que su empleador y supervisor demandaron sexo a cambio de una mejor remuneración y trabajos físicamente menos demandantes.

Cuando Pérez rechazó las demandas sexuales de su empleador, fue castigada y asignada a labores físicamente más rudas

“Los casos de Adareli y Mariza no con casos anecdóticos sino representativos de las historias que vemos repetirse día a día”, advierte Rachel Micha-Jones, directora ejecutiva del binacional Centro de los Derechos del Migrante, una de las organizaciones que apoyan la queja.

Otras fallas

En el 2003, Adareli Ponce, después de tres años de perseguir una visa H2, logró su objetivo y voló a EEUU para trabajar exclusivamente en las industrias de procesamiento de langostinos y chocolate con una visa H-2B, a pesar de estar calificada, lista y dispuesta a realizar trabajo bajo el programa H-2A porque con esta última ganaría más.

Adicionalmente, mientras estuvo empleada en EEUU, Ponce sufrió discriminación debido a la división de trabajo segregado por sexo, misma que le representó obtener una menor remuneración por ser mujer.

Más aún, se observa en la queja, debido a la exclusión generalizada en el reclutamiento de mujeres de los programas H-2, Ponce no ha podido tener acceso a empleos H-2 desde 2014, a pesar de sus mejores esfuerzos. Los hombres de la comunidad de Ponce son reclutados de manera regular para realizar trabajos H-2A, a pesar de tener calificaciones similares o inferiores.

Harta de esta humillación, Adareli Ponce presentó una queja en el marco del TLCAN (predecesor del T-MEC) el 15 de julio de 2016, argumentando que Estados Unidos incurrió en discriminación laboral sistemática por sexo al no hacer cumplir efectivamente su legislación laboral “a través de acción gubernamental apropiada.”

Adareli Ponce continúa su lucha desde México

Desde la queja presentada por Ponce en 2016 nada ha cambiado. Peor aún, violaciones similares continúan ocurriendo de forma masiva  en detrimento de mujeres trabajadoras en condiciones similares, argumentan 39 organizaciones civiles que dieron respaldo a la queja.

Algunas de ellas, son las más importantes de México y EEUU en materia laboral, de género y migración como CDM, la Alianza Nacional de Campesinas (Alianza de Campesinas), laFederación Estadounidense de Maestros (AFT), AFL-CIO, la Asociación de Auxiliares de Vuelo-CWA o los centros de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan” y Fray Matías de Córdova.

Todas coinciden en que Estados Unidos incumple los compromisos adquiridos bajo el Capítulo 23 del T-MEC al permitir la discriminación en el empleo, incluyendo acoso y violencia sexual generalizados; limitar la capacidad de las personas trabajadoras de buscar servicios legales gratuitos para apoyarles en sus quejas ante violaciones de las leyes laborales estadounidenses

El Capítulo 23 del T-MEC tiene como objetivo garantizar que una mayor integración económica de las personas trabajadoras no dé lugar al deterioro de las normas laborales.

Esto requiere vigilancia e investigación a presuntas violaciones, incluso mediante visitas de inspección in situ no anunciadas; dar la debida consideración a las solicitudes para investigar una presunta violación a sus leyes laborales; requerir informes y el mantenimiento de registros e iniciar, de una manera oportuna, procedimientos para procurar sanciones o remedios adecuados

A juicio de las quejosas y las instituciones que las apoyan, el gobierno de los Estados Unidos no ha cumplido sus obligaciones bajo el T-MEC, violando derechos laborales, permitiendo la violencia contra las trabajadoras y la discriminación en la contratación por razón de género.

“Dado que las mujeres reclutadas en los programas de trabajo temporal reciben remuneraciones más bajas de forma rutinaria, y dado que el valor monetario de las prestaciones de vivienda y transporte del programa H-2A no son provistas a las mujeres que sistemáticamente son canalizadas de manera discriminatoria al programa”, alega la queja.

¿Qué sigue?

Una vez que se presenta la queja ante el mecanismo de T-MEC, las autoridades mexicanas tienen 30 días para responder si tomarán la queja como suya, como un problema de Estado. O la rechazarán.

Si deciden atraerla, deberá exigir a Estados Unidos que implemente políticas públicas para que las empresas que requieren personal con visas H2A y H2B dejen de contratar principalmente hombres y frenen el trato excluyente y segregación cuando les dan un empleo a ellas.

Olga Hernández, coordinadora del proyecto T-MEC del CDM, explica que el reto en adelante es que México apure el asunto porque hoy por hoy ni siquiera sabe qué dependencia les dará respuesta: si la Secretaría del Trabajo o la de Economía. En cada una dicen que es asunto de la otra.

Por otro lado, el país todavía no ha publicado las reglas del procedimiento para este tipo de quejas, algo que sí ha hecho EEUU desde hace varios meses.

“Estamos seguros de que México va a decir que sí porque el expediente está muy bien integrado, con casos concretos y representativos”, detalló. Si dice que sí, tendrá que sentarse con Estados Unidos a revisar la política pública y el tema del acceso a la justicia. Si nos dicen que no, veremos por qué no y trabajaremos en ello, pero tiene que atenderse este asunto de desigualdad que no puede seguir así”.

Por ejemplo,  las mujeres entrevistadas para el reporte Rompiendo el caparazón: cómo las jaiberas migrantes en Maryland siguen “cosechadas aparte” explicaron que el trabajo dentro de las plantas procesadoras de jaiba está segregado por sexo, a ellas les pagaban por pieza y a ellos por hora y muchas de ellas tenían supervisores hombres que con frecuencia eran reclutados en sus mismas comunidades de origen en México.

Es decir, a pesar de ser reclutados en las mismas comunidades para trabajar en la misma compañía, las mujeres son reclutadas y colocadas en trabajos peor remunerados.

En el caso conocido como Covarrubias v. Captain Charlie’s Seafood, un grupo de mujeres mexicanas trabajadoras H-2B presentó una demanda colectiva con cargos de discriminación en contra de una compañía procesadora de mariscos en Carolina del Norte por restringirles de manera ilegal el acceso a ciertos trabajos únicamente por razón de su sexo.

Las demandantes sólo podían realizar trabajos de pizca de jaiba por los cuales eran remuneradas por pieza. Sus contrapartes masculinas, por su parte, eran asignadas a “varios trabajos,” tales como cocina, movimiento de jaibas y manipulación de las trampas para cangrejo. Esto representaba más horas laboradas y una mayor remuneración para los hombres.

“Nos dijeron que este trabajo era peligroso y sólo para hombres. Me sentí incómoda al escuchar esto. Sabía que podía cargar sacos de cangrejos en camiones, no eran muy pesados”, reveló un testimonio.

Cuando las mujeres han tratado de expresar sus inconformidades, la respuesta no ha sido favorable. Algunas de ellas que se integraron a una organización que defiende los derechos de la mujer en el trabajo, fueron despedidas cuando el capitán se enteró y las puso en una “lista negra” para que nunca más volvieran a ser contratadas.

Ahora todos los años sus ex compañeras de trabajo vuelven a trabajar en la planta de cangrejos, de enero a junio, y ella se queda aquí en México. “No es justo”.

El artículo 23 del T-MEC señala que es “imperativo” que los gobiernos atiendan de manera efectiva la violencia y las amenazas en contra de los trabajadores que se relacionen de forma directa con el ejercicio o el intento del ejercicio de sus derechos laborales y cada país debe atender la violencia y las amenazas de violencia.

Adareli Ponce describe su experiencia en un centro de trabajo segregado en el que solo las mujeres realizaban trabajos de baja remuneración en la línea de producción y eran excluidas de forma rutinaria de trabajos mejor remunerados reservados para hombres. Los centros de trabajo H-2A también se encuentran a menudo segregados: Pérez menciona que las mujeres en su centro de trabajos agrícolas eran relegadas al trabajo de empaquetado, mismo que pagan menos que el trabajo en los campos

Rachel Micah Jones cree que casos como éste podrían tener un rumbo distinto si hubiera una posibilidad de defensa a esas mujeres, que es lo que se busca con la queja: el Artículo 23 señala que cada país miembro del T-MEC debe asegurarse que cada trabajador involucrado en las actividades económicas de otro  acceso apropiado a tribunales administrativos, judiciales o laborales.

“Ahora existe una infinidad de barreras para la justicia  las trabajadores migrantes, hay la dificultad de permanecer, hay barreras de lengua, la queja en español no hay posibilidad y no hay voluntad de las autoridades para sancionar”.

La discriminación por sexo en cifras

 – Aproximadamente el 92% de todas las visas H-2A fueron otorgadas a trabajadores mexicanos

– Sólo el 3% de las visas H-2A fueron otorgadas a mujeres

– Alrededor 74% de las visas H-2B fueron otorgadas a trabajadores mexicanos; el 90% para ellos.

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T-MEC (Tratado México-Estados Unidos-Canadá)

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