Esquina migratoria: la ley de 10 años

Las respuestas a estas preguntas son ofrecidas por Daniel Sharp, director legal para la organización comunitaria CARECEN

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Los talleres serán gratuitos. Crédito: Suministrada

Escuché un anuncio en la radio de un abogado de inmigración sobre la ley de los 10 años. Lo hace parecer como un buen programa para mí, que tengo 13 años en el país y una hija que nació el año pasado. ¿Es cierto que puedo calificar? Tengo miedo por los cambios que vienen con Trump y no quiero quedarme indocumentado.

Tenga muchísimo cuidado con esta “ley de los 10 años”. Este beneficio migratorio se llama la cancelación de remoción y es una protección muy limitada: un máximo de 4,000 personas por año pueden recibirla. El Servicio de Inmigración (USCIS) no tiene la autoridad para tramitar esta solicitud; una persona tiene que estar expuesta a un proceso de deportación para solicitarla.

Asimismo los jueces de inmigración niegan casos de cancelación de remoción a menudo debido a los criterios legales rígidos. Es imposible saber las posibilidades de un individuo sin un análisis detallado de su situación particular. Por todas estas razones es tan preocupante oír de cualquier bufete que alienta a la gente solicitar la cancelación de remoción en anuncios por la radio.

Para obtener este beneficio, una persona quien ya se encuentra en un proceso de deportación tiene que demostrar que: (1) ya tenía 10 años de vivir continuamente en EEUU al momento en que Inmigración inicia el proceso de deportación, (2) es persona de buen carácter moral, (3) tiene un esposo, padre, o hijo menor de edad quien es residente o ciudadano, y (4) que el familiar residente o ciudadano experimentaría sufrimiento “excepcional y extremadamente inusual” si el juez deporta al solicitante. Aunque alguien cumpla con los primeros tres requisitos, la mayoría no califica por no poder demostrar semejante nivel de sufrimiento al familiar residente o ciudadano. Por lo general, al no aprobar la cancelación de remoción u otro beneficio migratorio al solicitante, el juez firma una orden de deportación al final del proceso en corte. El proceso puede durar varios años antes de obtener una audiencia para que el juez de inmigración tome una decisión, lo cual eleva el costo de la representación legal.

Lamentablemente demasiadas personas se exponen a un proceso de deportación sin tomar una decisión informada sobre las posibles consecuencias. Debes ser muy cauteloso y buscar asesoría legal a través del servicio de referencias de la Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA): http://www.ailalawyer.com; (800)954-0254.


Advertencia

Estas respuestas no se deben tomar como una asesoría legal para ningún individuo, caso o situación particular. La situación expuesta en una pregunta no revela todo el historial migratorio de una persona. Debido a la complejidad de la ley migratoria, se recomienda consultar con un abogado de inmigración o representante acreditado por el gobierno federal para recibir asesoría legal individualizada antes de comenzar cualquier trámite migratorio.

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