Corte Suprema asesta su primer golpe electoral contra Trump al rechazar intento de revertir el resultado de Pensilvania

Es la primera vez que el mayor órgano judicial del país toma una decisión respecto a las elecciones 2020. Y ha sido contundente

El intento de Trump y sus aliados por revocar las elecciones no ha dado resultados.

La batalla de Trump y sus aliados contra las elecciones no ha dado resultados. Crédito: Tasos Katopodis | Getty Images

La Corte Suprema denegó este martes el intento de los socios del presidente Donald Trump de revertir el resultado electoral en Pensilvania, que dio al presidente electo Joe Biden la victoria hace más de un mes.

En su breve fallo, la corte no explica sus razones ni especificó si había habido algún voto en contra de la decisión. Fue la primera solicitud para retrasar o revocar el resultado electoral que ha tenido que tomar el Supremo.

La demanda al mayor tribunal del país forma parte de la escenificación del actual presidente y sus abogados contra los triunfos del demócrata Biden en varios estados clave. Han pedido recuentos, han impugnado los resultados y el propio Trump hasta ha intervenido personalmente para que los estados cambien el sentido del voto electoral.

El magnate republicano llamó dos veces la semana pasada al portavoz de la Cámara de Representantes de Pensilvania para hacer una solicitud extraordinaria que revirtiera su derrota en el estado. Sin embargo, el portavoz Bryan Cutler le dijo al presidente que no tenía autoridad para intervenir u ordenar a la legislatura una sesión especial, según publicó The Washington Post.

Un grupo de candidatos republicanos encabezado por el representante Mike Kelly impugnó la Ley 77, un cambio que había realizado la legislatura (controlada también por republicanos) para permitir el envío general de boletas por correo.

Pero la Corte suprema de Pensilvania dijo que era muy tarde para presentar la demanda, pues ya se conocían los resultados. El demócrata Joe Biden ganó en el estado por un margen de más de 80,000 votos.

La orden del máximo tribunal estatal fue unánime y acusó a los demandantes de no actuar “con la debida diligencia al iniciar la impugnación de la Constitución, que se podía comprobar con la Ley 77″. Y añadió que algunos de los solicitantes habían instado a sus partidarios hacer uso del nuevo procedimiento de votación.

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