Exdirectivo mexicano fue declarado culpable de malversación de fondos públicos
Antonio Lozano, expresidente de la Federación Mexicana de Asociaciones de Atletismo (FMAA), fue sentenciado por la Fiscalía local. Además del peculado, el exdirigente es señalado de emitir documentos fiscales falsos
La Fiscalía General de la República (FGR), sentenció en contra de Antonio Lozano, quien fuese presidente de la Federación Mexicana de Asociaciones de Atletismo (FMAA). Los cargos atribuidos al directivo son por peculado o malversación de fondos públicos.
Bajo estas atribuciones, Antonio Lozano se ve en la responsabilidad de reparar daños ocasionados por más de 4.8 millones de pesos, el equivalente a $206,000 dólares, aproximadamente.
La @FGRMexico logró sentencia contra Antonio Lozano, ex presidente de la @FMAAmx, quien perdió los derechos para dirigir este deporte en México y debe reparar un daño de 4.8 millones de pesos. El @SATMX confirmó que tiene créditos fiscales por alrededor 30 mdp en 2012 y 2016. pic.twitter.com/gAskiYiL9A
— Víctor Hugo Arteaga (@arteaganoticias) April 21, 2021
Antonio Lozano fue declarado culpable por el delito de peculado y emitir documentos fiscales falsos ante la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) así lo determinó el Juez Séptimo de Distrito de procesos penales federales de la Ciudad de México. Lozano queda marginado del deporte del país y es condenado a tres años de prisión.
Por otra parte, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), reveló ante las autoridades que Lozano tiene notas y créditos fiscales cuyo valor rondan los 30 millones de pesos ($1,6 millones de dólares) entre los años 2012 y 2016. Estos casos formaron parte de la investigación que lo llevaron a su aprehensión en 2015. Lozano deberá liquidar las cuentas pendientes.
Sentencian por peculado a Antonio Lozano, expresidente de la FMAA https://t.co/GgdhirjO17
— René del Valle B. La Aldea (de la Información) (@renedelvalleb) April 22, 2021
El exdirigente fue notificado el pasado 19 de abril y tendrá un plazo hasta el 26 de este mes en el que determinará si hará el proceso de reclusión o tomará la vía de limitar su condena a través de la libertad parcial de 150 jornadas no remuneradas, con base en el artículo 70 del Código Penal Federal.