Corte ampara a Ríos Montt

Preguntan a tribunal por qué negó amnistía al militar retirado

El ex dictador guatemalteco José Efraín Ríos Montt en una audiencia de la Corte Suprema de Justicia en Ciudad de Guatemala.

El ex dictador guatemalteco José Efraín Ríos Montt en una audiencia de la Corte Suprema de Justicia en Ciudad de Guatemala. Crédito: EFE

CIUDAD DE GUATEMALA, guatemala (AP).— La Corte de Constitucionalidad ratificó la decisión de la Corte Suprema que ordenó a un tribunal que justifique por qué le negó una amnistía al militar retirado Efraín Ríos Montt.

El secretario adjunto de la Corte de Constitucionalidad, Geovany Salguero, dijo que la sentencia de la Corte es definitiva. Explicó que en el fallo del tribunal de apelaciones hay dos votos razonados de dos magistrados que no están de acuerdo con la decisión de negar la aplicación de la amnistía.

El fallo divulgado ayer miércoles ampara a Ríos Montt y pide que “se razone debidamente el fallo de la Sala, ellos bien podrían volver a decidir lo mismo [negar la aplicación de la amnistía] pero hay que hacer un razonamiento más profundo”, dijo Salguero a The Associated Press.

Ríos Montt, de 86 años, fue condenado el 10 de mayo de 2013 a 80 años de prisión por los delitos de genocidio, pero la sentencia y el juicio fueron anulados por la Corte de Constitucionalidad porque el ex dictador no contaba con una defensa adecuada.

El militar retirado es acusado de ser autor intelectual de masacres, torturas, violaciones y desplazamientos masivos de miles de campesinos en las montañas guatemaltecas ocurridas entre el 23 de marzo de 1982 y el 8 de agosto de 1983 cuando fungía como presidente de facto

El abogado defensor del ex general, Francisco Palomo, explicó que cuando un Tribunal de Apelaciones negó el amparo lo hizo basado en la Ley de Reconciliación Nacional de 1996, pero que la defensa de Ríos Montt pidió que se le aplique la amnistía sobre la base de una ley diferente y posterior que concede amnistía general “a toda persona responsable o sindicada de haber cometido delitos políticos y comunes conexos durante el período comprendido del 23 de marzo de 1982 al 14 de enero de 1986”.

Según Palomo, el expediente volverá a “la Sala de Apelaciones para que ellos resuelvan y analicen si aplica la amnistía o no. Si las cosas son como deben ser le aplican la amnistía y ahí termina el proceso, pero para eso falta mucho tiempo”.

Héctor Reyes, abogado querellante en el proceso, dijo que aún no ha sido notificado del fallo de la Corte Constitucional. Dijo que a pesar de lo resuelto hay claridad en que en Guatemala no se puede aplicar amnistías porque existen leyes internas y tratados internacionales que no permiten amnistiar delitos de lesa humanidad.

“Lo único claro que hay es que en Guatemala no se puede aplicar amnistías a delitos de lesa humanidad, es un compromiso de Estado”, dijo Reyes. Recordó que Guatemala es parte de la Convención Para la Prevención y Sanción del delito de genocidio y sus protocolos suscritos en 1949 y otros convenios internacionales en materia de derechos humanos que prevalecen a la ley interna y que fueron suscritos antes de que se decretaran las amnistías.

El tribunal que lo condenó se excusó de seguir el juicio y un nuevo tribunal se integró para conocer el resto del proceso, que aún no tiene fecha de inicio.

Ríos Montt y otros militares también están acusados del homicidio de por lo menos 1,771 indígenas de la etnia ixil, asesinados por soldados del Ejército de Guatemala a las órdenes del general, que entonces era el Comandante General de Ejército. Guatemala vivió durante 36 años, de 1960 a 1996, una cruenta guerra que dejó más de 200 mil muertos y 45 mil desaparecidos, según un informe de Naciones Unidas.

En esta nota

Corte Guatemala ríos montt
Contenido Patrocinado
Enlaces patrocinados por Outbrain