¿Por qué los jueces de la Corte Suprema deben tener límites en sus períodos de mandato y un código de ética?

El escandaloso caso del magistrado Clarence Thomas nos recuerda la necesidad de reformar la Corte Suprema

Clarence Thomas

Clarence Thomas está en medio del escándalo por aceptar lujosos regalos. Crédito: Alex Wong | Getty Images

El reciente escándalo que involucró al magistrado Clarence Thomas por haber aceptado obsequios de “hospitalidad personal” valuados en cientos de miles de dólares pone de manifiesto la necesidad de reformar la Corte Suprema. El público está perdiendo su confianza en esta institución, que debería rendir más cuentas a la sociedad.

Las encuestas demuestran que hay consenso dentro de los dos partidos políticos sobre un cambio estructural importante: implementar límites en los períodos de mandato de los magistrados, quienes ahora ocupan sus cargos de por vida.

Todas las cortes supremas estatales, menos una, tienen períodos fijos de mandato o bien un retiro obligatorio, y lo mismo los tribunales constitucionales de todas las democracias más grandes del mundo. Pero la permanencia de jueces en la Corte Suprema de los Estados Unidos puede prolongarse durante décadas y abarcar muchos términos presidenciales, lo cual permite a jueces acumular poder, influencia y un sentido de arrogancia.

Este tema se ha vuelto más urgente a medida que la actual mayoría de la Corte se ha volcado más hacia la derecha ideológica y ha publicado fallos a los que se opone la mayor parte de la población, como cuando revocó la protección constitucional sobre el aborto. Limitar el período de mandato implicaría que más presidentes tendrían la oportunidad de nombrar a más jueces y le pondría una fecha de vencimiento a las mayorías.

Una opción favorecida tanto por el público como por especialistas judiciales sería la de limitar el período de mandato de jueces de la Corte Suprema a 18 años y que cada presidente pueda realizar solo dos nombramientos por cada término presidencial de cuatro años. El Congreso podría implementar esta reforma por medio de una ley.

Establecer un límite específico en los períodos de mandato aseguraría que cada presidente tenga la misma influencia sobre la Corte y crearía más oportunidades para nombrar a jueces que reflejen los cambios demográficos y de perspectiva de muchas comunidades diferentes, como las latinas. En otras palabras, este cambio podría aportar el beneficio extra de ampliar la diversidad y representación de la Corte para reflejar mejor la población de nuestro país.

Otro cambio que mejoraría la Corte es aún más simple: elaborar un código de ética.

Cuando la organización de noticias ProPublica reveló este mes que el magistrado Thomas ha estado aceptando durante años regalos, hospedajes y viajes de lujo de parte de Harlan Crow, inversor inmobiliario y megadonante del partido republicano, Thomas argumentó que hubo “colegas y otras personas en la judicatura” que le habían dicho que no tenía por qué divulgar estos regalitos.

Suponiendo que esta cuestión es tan ambigua para Thomas, una solución obvia es la creación de un código de ética que defina qué comportamientos son los apropiados para los nueve jueces, ya sea sobre el estrado o fuera de él, y elimine toda apariencia de conflictos y tráfico de influencias. Todos los demás jueces federales deben obedecer este tipo de reglas de conducta. Los magistrados de la Corte Suprema, sin embargo, actualmente se rigen por los consejos de colegas, las prácticas anteriores, opiniones – en fin, todo menos reglas claras y que se puedan hacer cumplir.

El martes, el presidente de la Corte Suprema, el magistrado John Roberts, rechazó una invitación para dar testimonio en una audiencia del Comité Judicial del Senado sobre cuestiones éticas en la Corte Suprema. En vez de acudir en persona, envió una “Declaración sobre principios y prácticas éticas”. El problema es que estos principios no son de cumplimiento obligatorio.

El Colegio de Abogados de los Estados Unidos hace poco señaló que la legitimidad de la Corte está en riesgo sin las reglas de conducta. Si la Corte Suprema no puede redactar su propio código de ética, entonces el Congreso puede y debe obligarla.

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