USCIS amplía a cinco años la validez de ciertos permisos de trabajo para extranjeros

El Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) anunció el miércoles la extensión a 5 años de los documentos de autorización de empleo para ciertas categorías de extranjeros autorizados a trabajar en EE.UU.

USCIS amplió la autorización de empleo a 5 años para ciertas categorías de no ciudadanos autorizados a trabajar.

USCIS amplió la autorización de empleo a 5 años para ciertas categorías de no ciudadanos autorizados a trabajar. Crédito: USCIS | Cortesía

El Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) anunció el miércoles en un comunicado una modificación de su Manual de Políticas para conceder una extensión de 5 años a la validez de los documentos de autorización de empleo o permisos de trabajo, para ciertas categorías de extranjeros autorizados a trabajar en Estados Unidos.

La agencia federal informó que modificó su Manual de Políticas para aumentar a cinco años el periodo de validez de los Documentos de Autorización de Empleo (EAD) iniciales y de renovación de los mismos para ciertos no ciudadanos que están autorizados a trabajar en función de su estatus o circunstancia.

Esta extensión del período de vigencia de los EAD se aplica a aquellos no ciudadanos que han sido admitidos como: refugiados, con permisos de permanencia temporal como refugiados, que se les concedió asilo, así como los que recibieron de suspensión de remoción.

También se aumentó a cinco años el periodo máximo de validez de los EAD iniciales y de renovación para ciertos no ciudadanos que deben solicitar autorización de empleo, incluidos los solicitantes de asilo o suspensión de remoción, ajuste de estatus bajo INA 245, y suspensión de deportación o cancelación de remoción.

La guía actualizada también explica las categorías de no ciudadanos que están autorizados a trabajar automáticamente (también conocidos como autorizados para trabajar en función de su estatus o circunstancia) y proporciona información adicional sobre quién puede presentar un Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, a un empleador como un documento aceptable que muestra la autorización de empleo bajo la Lista C del Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo.

El Formulario I-94 debe ir acompañado de documentación de identidad para propósitos de la autorización de empleo. Por último, esta guía aclara que ciertos afganos y ucranianos que tienen permisos de permanencia temporal están autorizados a trabajar en función de su permiso de permanencia temporal.

Aumentar el periodo máximo de validez de los EAD a cinco años tiene el propósito de reducir significativamente el número de Formularios I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, que recibiremos para la renovación de los EAD en los próximos años, informó USCIS.

La norma actualizada incluye con más información que puede ser consultada en inglés aquí y la Alerta de Políticas de USCIS también en inglés, puede leerse aquí.

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