Fiscalía de España recurre ante absolución a Dani Alves y condena trato a la víctima
El exfutbolista brasileño Dani Alves fue absuelto por el Tribunal Supremo tras su condena por abuso sexual

La Fiscalía de España apela la decisión de libertad de Dani Alves Crédito: Emilio Morenatti | AP
La Fiscalía de España ha presentado un recurso ante el Tribunal Supremo en contra de la absolución de Dani Alves, al considerar que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) contiene una interpretación “arbitraria y cruel” de las pruebas.
Además, alegan que supone una “condena moral” para la víctima del caso de presunto abuso sexual ocurrido en diciembre de 2022 en una discoteca de Barcelona.
Fiscalía acusa al TSJC de revictimizar a la denunciante en caso Dani Alves
En su escrito, el fiscal del Supremo, Fidel Cadena, critica duramente la decisión del TSJC que absolvió al futbolista brasileño, al cuestionar la credibilidad de la joven que lo denunció.
Según el Ministerio Público, el fallo “acusa de mentir” a la víctima, al argumentar que el hecho de haber entrado voluntariamente al baño con Alves implicaba un consentimiento sexual, algo que la Fiscalía califica como un “retroceso de siglos”.
“No es así, consiente solo en emborracharse”, sostiene el recurso fiscal, que considera que la sentencia parece recuperar la idea “medieval” de que una mujer que acepta beber con un hombre consiente en cualquier acto posterior.
Cuestionamientos sobre la prueba biológica
Uno de los puntos más controvertidos de la sentencia del TSJC fue su interpretación de una prueba biológica clave, al asegurar que la víctima tenía restos de semen (esmegma) del acusado en la boca, lo que contradecía su versión de no haber practicado ninguna felación.
Sin embargo, la Fiscalía argumenta que los informes periciales aclaran que la presencia de ADN de Dani Alves en la boca de la joven podría explicarse por besos, bebida compartida o contacto con células epiteliales no sexuales, y que no se detectaron restos de esmegma, como afirma el tribunal catalán.
El Ministerio Público sostiene que el TSJC añadió hechos arbitrarios no incluidos en la condena de primera instancia —la cual sentenció a Alves a cuatro años y medio de prisión— y que esta interpretación errónea de la prueba pericial anuló injustamente la fiabilidad del testimonio de la víctima.
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