¿Qué es un paquete de reunificación familiar?

En mi columna Consulta Migratoria®, contesto la pregunta de un lector que desea reunificarse con su hijo menor de edad que esta detenido por autoridades migratorias en los Estados Unidos.

Cada caso es distinto y las respuestas varían según el historial migratorio de cada persona. Aquí respondo de forma general a sus dudas. Por favor consulten con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite.


Soy guatemalteco y he vivido ilegalmente en los Estados Unidos por los pasados 13 años. Mi hijo de 12 años recientemente fue agarrado por inmigración cuando intentaba entrar al país de forma ilegal. Ahora él se encuentra en un albergue del gobierno y quiero reclamarlo. En su columna de la semana pasada, usted mencionó que había que llenar un paquete de reunificación familiar para reclamar a un niño. ¿Que información me van a pedir? ¿Puedo reclamar a mi hijo aunque estoy viviendo ilegalmente en los Estados Unidos? ?Juan A.

Juan, siento mucho que tu hijo esté detenido. Un padre indocumentado puede reclamar a su hijo menor no acompañado si llena los debidos requisitos, incluyendo demostrar que puede cuidar a su hijo.

La Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR, siglas en inglés) del Departamento de Salud y Servicios Humanos de Estados Unidos se encarga de cuidar a los niños y si es posible, reunirlos con sus padres, parientes cercanos u otra persona o entidad calificada para cuidar al menor no acompañado. Los padres, estén aquí legalmente o no, tienen primer preferencia en el orden de prioridad de los posibles patrocinadores de un niño que está bajo la custodia del ORR.

Un padre o guardián legal deberá completar un Paquete de Reunificación de Padres (Parent Reunification Packet, en inglés) que consiste de varios documentos, incluyendo lo siguiente:

  1. Solicitud de reunificación familiar (Family Reunification Packet Application, en inglés). Este documento requiere la información biográfica del padre o guardián legal y la del menor no acompañado. También, requiere la dirección y teléfono del padre y/o patrocinador financiero del niño, y la dirección donde el niño irá a vivir. Además, requiere que se liste la información del patrocinador financiero del niño y los datos de todas las personas que ocupan la casa donde vivirá el menor, su estado de salud e historial criminal, si aplica.
  2. Formulario I-134, Carta de Sostenimiento (Affidavit of Support, en inglés). Este formulario sirve para demostrar que el menor no acompañado tiene patrocinio y no se convertirá en una carga pública mientras se encuentre en los EE.UU. El documento requiere datos biográficos del patrocinador, su dirección actual, e información laboral y financiera, entre otras cosas.
  3. Acuerdo del patrocinador sobre los términos de libertad (Sponsor’s Agreement to Conditions of Release, en inglés). Al firmar este documento, el padre o guardián legal se compromete hacer varias cosas, incluyendo proveer para el bienestar fi?sico, mental y econo?mico del menor; llevar al menor a cualquier cita requerida por el Gobierno federal, incluyendo audiencias en la corte de inmigración; asegurar que el menor se reporte para ser deportado de los EE.UU. si asi? se le ordena; y reportar cualquier cambio de dirección no ma?s de cinco di?as despue?s del cambio.
  4. Autorización para la divulgación de información (Authorization for Release of Information, en inglés). El ORR hará una investigación minuciosa de todo padre que solicite reunificación con su hijo. Por ejemplo, el ORR puede llamar a su empleador para verificar su empleo. Al firmar la autorización, usted le está dando permiso a su empleador para que divulgue su información laboral al ORR.

Un padre debe estar preparado para proveer varios documentos de apoyo, incluyendo lo siguiente:

  1. Copia de un documento de identidad tal como un pasaporte vigente.
  2. Copia del acta de nacimiento del padre y su seguro social, si tiene.
  3. Copia de autorización legal para vivir en EEUU tal como su tarjeta de residencia o permiso de trabajo, si aplica.
  4. Copia de la partida de nacimiento del menor no acompañado.
  5. Copia de un documento que muestre su dirección actual. Por ejemplo, recibos de pagos de alquiler o teléfono, y estados de cuenta bancarios.
  6. Copia de la más reciente declaración de impuestos federal, su último comprobante de pago salarial (paystub, en inglés), o carta de su empleador actual.
  7. Listado de todos los lugares donde el padre ha vivido y trabajado en los últimos cinco años.

Por ley, la reunificación familiar debe de ocurrir rápidamente y el menor no acompañado debe ser colocado en el mejor ambiente posible. Sin embargo el proceso se puede retrasar si el padre no provee los documentos necesarios al ORR o ellos no pueden verificar la información proveída.

Juan, es de suma importancia que consultes con un abogado de inmigración o un representante acreditado por el gobierno federal para que te ayude con el proceso de reunificación de tu hijo. Además, tu hijo probablemente será referido a una corte de inmigración y necesitarás un representante legal autorizado para que les ayude.

Les recuerdo que notarios, consultores migratorios, llena papeles y multi-servicios no están autorizados para dar consejos legales.

Para más información y consejos de inmigración, lea mi blog www.InmigracionHoy.com.

Envíe sus preguntas a preguntas@consultamigratoria.com. Incluya información detallada sobre su situación para mejor responder sus preguntas.

DrNelsonCastilloEl Dr. Nelson A. Castillo es abogado de inmigración y autor de La Tarjeta Verde: Cómo obtener la residencia permanente en los Estados Unidos. Es ex Presidente de la Asociación Nacional de Abogados Hispanos y actual Presidente del Concejo Vecinal de Westlake South de Los Ángeles. Para comunicarse con la oficina del Dr. Castillo, puede llamar al (213) 537-VISA (8472).

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