Genaro García Luna fue sentenciado a poco más de 38 años por liderar un grupo criminal y narcotráfico

El exsecretario de Seguridad Pública de México, Genaro García Luna, fue sentenciado a poco más de 38 años de cárcel por narcotráfico

El 21 de febrero del 2023, Genaro García Luna fue hallado culpable de cinco delitos.

El 21 de febrero del 2023, Genaro García Luna fue hallado culpable de cinco delitos. Crédito: AP

NUEVA YORK.- El juez Brian Cogan impuso una sentencia de 460 meses de prisión, es decir poco más de 38 años, a Genaro García Luna por liderar una organización criminal y conspirar para el tráfico de drogas hacia Estados Unidos.

Además le impuso una multa de $2 millones de dólares, así como cinco años de libertad condicional y seis meses de prisión sumados a la sentencia central por el delito de mentir a las autoridades federales.

“Le daré una luz al final del túnel”, dijo el juez Cogan, al criticar la doble vida de García Luna por coludirse con organizaciones criminales y presumir su labor con alto funcionario de seguridad.

El exsecretario de Seguridad Pública durante el gobierno de Felipe Calderón fue señalado por fiscales por recibir millonarios sobornos de narcotraficantes del Cártel de Sinaloa, mientras utilizaba información privilegiada de la DEA y otras agencias estadounidenses.

García Luna lideró la llamada “guerra contra el narco” en México, la cual desató miles de muertes y permitió el crecimiento de los cárteles a niveles nunca antes vistos –según narraron los fiscales en el juicio.

El 21 de febrero del 2023, el exfuncionario fue hallado culpable por un jurado de cinco delitos, incluidos liderar una organización criminal durante un largo periodo, conspirar para el tráfico de droga hacia los Estados Unidos (tres) y mentir a las autoridades estadounidenses en asuntos migratorios.

“Yo nunca he sido una amenaza o riesgo para la comunidad”, afirmó García Luna quien creció políticamente bajo la sombra de gobiernos del Partido Acción Nacional (PAN), incluida la administración de Vicente Fox. El jurado que escuchó los testimonios y revisó la evidencia opinó que los delitos se demostraron “más allá de la duda razonable”.

La defensa liderada por César de Castro solicitó 20 años, uno por cada año que García Luna fue funcionario en México, bajo el argumento que el tiempo era suficiente, ya que en ese periodo puede haber cambios importantes en el mundo.

La investigación de los fiscales para construir el caso contra García Luna comprendió de 2000 al 2018, pero el juez Cogan obligó a restringir el proceso hasta 2012, aunque los fiscales buscaron revertir esa decisión, ya que gran parte de los gastos del dinero que habría recibido del narco fueron concretados en fechas posteriores a dejar su posición como funcionario federal.

A pesar de tal acotación, los fiscales lograron demostrar ante el jurado que García Luna recibió millones de dólares a cambio de facilitar a organizaciones como el Cártel de Sinaloa y la Organización de los Beltrán Leyva el tráfico de drogas, incluidos cargamentos que llegaron a EE.UU. desde centro y sudamérica.

Cinco acusaciones y seis agravantes

El primer cargo contra García Luna, según la hoja de cargos que debió llenar el jurado contempló las agravantes, es decir, seis hechos que soportan la conspiración de cocaína.

La violación uno es por la distribución internacional de aproximadamente 5,000 kilogramos de cocaína en septiembre de 2008; la distribución de 23,000 kilogramos de cocaína el 30 de octubre de 2007; distribución de aproximadamente 19,000 cocaína en marzo de 2007.

La violación cuatro es la distribución de aproximadamente 1,997 kilogramos de cocaína el 28 de enero del 2003; la violación cinco por la distribución de uno 1,925 kilogramos de cocaína el 16 de agosto del 2002, y la sexta que es por la distribución de aproximadamente 1,923 kilogramos de cocaína el 24 de mayo del 2002.

Sobre dichas violaciones se presentó evidencia con testigos cooperantes –exmiembros de cárteles–, agentes de la DEA, FBI, la Guardia Costera, fotografías y videos.

García Luna tiene la posibilidad de iniciar un proceso ante la Corte de Apelaciones para el Segundo Circuito, una intención que debera confirmar primero ante la Corte de Distrito.

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