USCIS exenta a ciertos inmigrantes del pago de servicios biométricos
La oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración informó que dejará de cobrar el servicio de datos biométricos a ciertas personas que busquen extender su estancia en los Estados Unidos bajo el Formulario I-539
Ciertos inmigrantes con visas temporales no tendrán que pagar el servicio de datos biométricos al momento de solicitar una extensión de su permiso de estancia en Estados Unidos o cambiar estatus de No Inmigrante.
Así lo anunció la oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) sobre los Solicitantes del Formulario I-539, Solicitud para Extender/Cambiar Estatus de No Inmigrante.
A partir del 1 de octubre, dichas personas no deberán pagar los $85 dólares por concepto de fotografía, huellas dactilares y firma (datos biométricos).
“Usted no tiene que pagar la tarifa si su solicitud está matasellada en o después del 1 de octubre”, acotó la agencia, recordando que eso significa que no se enviará un documento con la cita para el servicio.
Aquellas personas que presentaron la solicitud antes de esa fecha tendrán que pagar el servicio, el cual se ofrecerá de acuerdo con la fecha marcada en documento de cita.
USCIS también aclaró que habrá algunos casos en que los inmigrantes con el Formulario I-539 deban pagar los servicios biométricos, pero eso será decidido caso por caso.
“En la mayoría de los casos, después del 1 de octubre no se citará a los solicitantes para la toma de servicios biométricos“, dice la decisión. “Sin embargo, si USCIS determina que se requieren los datos biométricos, el solicitante recibirá una notificación con información sobre la comparecencia para su cita de servicios biométricos”.
Aquellas personas que envíen por error el pago del servicio, USCIS retornará el dinero, pero no considerará como “incorrecta” la petición.
“Si por error autoriza un pago con tarjeta de crédito que combina la tarifa de servicios biométricos con la tarifa de solicitud, aceptaremos la solicitud y sólo cobraremos la tarifa de solicitud”, aclaró también la agencia.
Es importante recordar que el Formulario I-539 aplica a algunos tipos de visas, como las F y M, entre otras, pero aquellos con permisos basado en el empleo deberán realizar la extensión de estancia con el Formulario I-129.
También para cambios de estatus H-4, L-2 o E, por ejemplo.
“Según se mencionara en el Informe de Progreso de USCIS para el Año Fiscal 2022 (PDF, 1.07 MB), estamos comprometidos a alcanzar nuestra meta de eliminar las tarifas y el requisito de servicios biométricos para todos los solicitantes del Formulario I-539”, indicó la agencia.
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