¿Puedo perder mi Green Card por matrimonio si me divorcio? USCIS lo aclara
Qué pasa con la Green Card por matrimonio si hay divorcio y qué exige USCIS para mantenerla legalmente sin perder la residencia condicional
Divorciarse no causa automáticamente la pérdida de la Green Card, pero ahora entras en un proceso que debes cumplir a cabalidad. Crédito: Evgenia Parajanian | Shutterstock
Cuando un inmigrante obtiene su residencia permanente o Green Card a través de un matrimonio con un ciudadano estadounidense o residente legal, suele surgir una de las dudas más comunes: ¿qué ocurre si la relación termina en divorcio?
El Departamento de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) establece reglas claras sobre cuándo una persona puede mantener la llamada ‘Green Card por matrimonio‘ y en qué casos podría perderla.
En primera instancia, todo depende del tipo de estatus que el beneficiario tenga y de si el matrimonio fue genuino.
Residencia condicional: el punto clave
USCIS explica que si el matrimonio tenía menos de dos años al momento de otorgarse la residencia, el beneficiario recibe una Green Card condicional, válida por dos años.
Este estatus se mantiene hasta que se apruebe el Formulario I-751, paso fundamental en la “Eliminación de Condiciones en la Residencia Permanente Basada en el Matrimonio”.
Durante este periodo, el residente condicional no puede renovar su tarjeta con el Formulario I-90; la única vía para mantener su estatus es presentar el I-751 a tiempo.
Si el inmigrante no hace este trámite, USCIS puede terminar su estatus y hasta iniciar un proceso de deportación.
Por eso el plazo es tan importante: la petición debe enviarse en los 90 días previos al vencimiento de la tarjeta.
USCIS exige que el matrimonio sea o haya sido de buena fe
Aquí es donde surgen los temores, pero la buena noticia es que divorciarse no causa automáticamente la pérdida de la Green Card. Lo determinante para USCIS es que el matrimonio sea o haya sido de buena fe.
Si las autoridades migratorias consideran que hubo fraude o falta de pruebas, pueden negar la petición y cancelar el estatus.
Normalmente, el Formulario I-751 se presenta de manera conjunta, es decir, firmado por ambos cónyuges. Pero cuando hay divorcio, fallecimiento o situaciones de abuso, la ley permite solicitar una exención de presentación conjunta, lo que autoriza al inmigrante a presentar el formulario por su cuenta.
En cualquiera de estos casos, el solicitante debe aportar evidencia sólida: acta de divorcio, pruebas de la relación matrimonial, documentos financieros compartidos, fotos, arrendamientos, seguros y cualquier contenido que demuestre que la unión no se creó para obtener beneficios migratorios.
Además, el solicitante debe responder a cualquier petición de evidencia adicional, asistir a entrevistas si son requeridas y mantener actualizada su dirección con la agencia.
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