¿Qué es una visa J-1?

Esta semana en mi columna Consulta Migratoria® contesto la pregunta de un lector sobre la visa de programas de intercambio

Dr. Nelson A. Castillo.

Dr. Nelson A. Castillo. Crédito: Suministrada

Aquí respondo de forma general a sus dudas. Cada caso es distinto y las respuestas varían según el historial migratorio de cada persona. Por favor consulten con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite.

Entré a los Estados Unidos con una visa J-1 y no regresé a mi país cuando tenía que irme. Además de mi información biográfica, la visa J-1 decía que estoy sujeto a la sección 212(e). ¿Qué significa eso? Actualmente estoy casado con una ciudadana americana y ella quiere pedirme. ¿Puedo obtener la residencia permanente por medio de mi esposa? – Oscar S.

La visa J-1 es una visa de no inmigrante para personas autorizadas a participar en programas de intercambio en los Estados Unidos. Esta visa permite el ingreso legal a los EE.UU. a varias clases de personas, incluyendo doctores, profesores e investigadores, maestros, ciertos estudiantes, y jóvenes “au pair”.

La sección 212(e) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de EE.UU. establece como requisito que ciertas personas que hayan recibido una visa J-1 vivan fuera de los EE.UU. por lo menos dos años después de haber estado en el país bajo estatus J-1. Generalmente, este requisito es para personas que han participado en programas de intercambio financiados por el gobierno, que recibieron educación médica de postgrado o entrenamiento, y personas que poseen conocimientos o habilidades especiales.

Personas sujetas a la sección 212(e) por lo general no pueden solicitar varias clases de beneficios migratorios, incluyendo presentar una solicitud de ajuste de estatus para obtener la residencia permanente en los Estados Unidos. Esto aparenta ser tu caso, por lo que tu esposa no podría ayudarte a obtener la residencia permanente en los EE.UU., al menos que obtengas una exención (waiver, en inglés) que te permita evadir la penalidad de la sección 212(e).

El Departamento de Estado de EE.UU. otorga la exención a la sección 212(e) cuando un extranjero puede demostrar uno de los siguientes requisitos:

1. El gobierno del país de origen del extranjero otorga una Declaración de No Objeción (No Objection Statement, en inglés) a que el inmigrante no regrese a su país de origen. Esta opción no aplica a doctores que usaron la visa J-1 para entrar a los EE.UU. después del 9 de enero del 1977.

2. Una agencia federal de los EE.UU. solicita que el extranjero permanezca dentro los EE.UU. para proteger los interés de la agencia federal.

3. El extranjero demuestra que sería perseguido en base a su raza, religión u opinión política al regresar a su país de origen.

4. El extranjero demuestra que su salida de los Estados Unidos podría causar dificultades excepcionales para su cónyuge o hijo soltero menor de edad que sea ciudadano o residente permanente de los EE.UU.

5. Un Departamento Estatal de Salud Pública o su equivalente solicita una exención para un graduado médico extranjero que ingresó a los EE.UU. con una visa J-1 para seguir una formación médica de posgrado o entrenamiento.

Oscar, te recomiendo que consultes con un abogado de inmigración antes de comenzar cualquier trámite migratorio. El abogado evaluará tus opciones migratorias, incluyendo la posibilidad de solicitar una exención si es que estás sujeto a la sección 212(e).

Para más información y consejos de inmigración, lea mi blog www.InmigracionHoy.com.

Envíe sus preguntas a preguntas@consultamigratoria.com. Incluya información detallada sobre su situación para mejor responder sus preguntas.

El Dr. Nelson A. Castillo es abogado de inmigración y autor de La Tarjeta Verde: Cómo obtener la residencia permanente en los Estados Unidos. Es ex Presidente de la Asociación Nacional de Abogados Hispanos y actual Presidente del Concejo Vecinal de Westlake South de Los Ángeles. Para comunicarse con la oficina del Dr. Castillo, puede llamar al (213) 537-VISA (8472).

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