Gold Reserve ofrece novedades sobre el escrito por las objeciones en el proceso de venta de CITGO
PEMBROKE, Bermuda–(BUSINESS WIRE)–Gold Reserve Ltd. (TSX.V: GRZ) (BSX: GRZ.BH) (OTCQX: GDRZF) (en adelante, “Gold Reserve” o la “Empresa”) anuncia que, de conformidad con el cronograma establecido por el Tribunal de Distrito de los EE. UU. para el distrito de Delaware (en adelante, el “Tribunal”), diversas partes presentaron escritos con las respuestas a las objeciones planteadas a la Recomendación Final del Experto Externo que establecía que Dalinar Energy Corporation, subsidiaria de adquisición en los EE. UU. de Gold Reserve, debería ser seleccionada por el Tribunal para comprar las acciones de PDV Holding, Inc. (en adelante, “PDVH”), la empresa matriz indirecta de CITGO Petroleum Corp.. (en adelante, “CITGO”).
Las partes que presentaron escritos de respuesta fueron las siguientes:
- Crystallex International Corporation;
- ConocoPhillips Gulf of Paria B.V., ConocoPhillips Hamaca B.V., ConocoPhillips Petrozuata B.V., Phillips Petroleum Company Venezuela Limited;
- OI European Group B.V.;
- ACL1 Investments Ltd., ACL2 Investments Ltd., LDO (Cayman) XVIII Ltd.;
- Red Tree Investments, LLC;
- Las partes de Venezuela (la República Bolivariana de Venezuela, PDVSA, PDVH y CITGO);
- Blackrock Financial Management, Inc. y Contrarian Capital Management, LLC; y
- Black Lion Capital Advisors.
Próximamente, se publicará una copia de las presentaciones aquí.
La descripción completa de los procedimientos de ventas de Delaware se encuentra en el sistema de Acceso Público a Registros Electrónicos del Tribunal en Crystallex International Corporation v. República Bolivariana de Venezuela, 1:17-mc-00151-LPS (D. Del.) y sus procedimientos asociados.
Declaración admonitoria en relación con las declaraciones prospectivas
La presente publicación contiene “declaraciones prospectivas” según el significado que le otorgan las leyes federales de títulos valores de los EE. UU. e “información prospectiva”, según el significado que le confieren las leyes provinciales y territoriales de títulos valores aplicables de Canadá, y aquí se plasman las intenciones, esperanzas, creencias, expectativas o predicciones para el futuro de Gold Reserve y su gerencia. Las declaraciones prospectivas se basan necesariamente en una serie de estimaciones y supuestos que, si bien la gerencia considera razonables en este momento, se encuentran sujetos, de manera inherente, a importantes incertidumbres y contingencias en materia comercial, económica y competitiva. Suelen identificarse con las palabras “anticipar”, “tener previsto”, “continuar”, “esperar”, “proyectar”, “tener la intención”, “creer”, “prever”, “estimar”, “podrá”, “será”, “potencial”, “propuesto”, “posicionado” y otros términos, o declaraciones, similares que indiquen que “es probable” o que es “seguro” que se produzcan ciertos eventos o condiciones. Las declaraciones prospectivas incluidas en este comunicado de prensa incluyen, aunque sin limitarse a ellas, las declaraciones relacionadas con ofertas de licitación presentadas por la Empresa para la compra de las acciones de PDVH (en adelante, la “Licitación”).
Advertimos que dichas declaraciones prospectivas implican riesgos e incertidumbres, tanto conocidos como desconocidos, y otros riesgos que pueden provocar que los eventos o resultados reales de Gold Reserve difieran sustancialmente de nuestros resultados, rendimiento o logros estimados expresados en estas declaraciones prospectivas, o implícitos en ellas, a saber: a discreción del experto externo para considerar la Licitación y participar de debates o negociaciones al respecto; el Tribunal no aprobará la Licitación como “Licitación Final Recomendada” en virtud de los Procedimientos de Licitación, y, en caso de no contar con la aprobación del Tribunal, no podrá cerrarse, incluido como resultado de no obtener las aprobaciones regulatorias necesarias, como las aprobaciones requeridas por parte de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (“OFAC”) de los EE. UU., el Comité sobre Inversiones Extranjeras de los EE. UU. en Estados Unidos, la comisión Federal de Comercio de los EE. UU. o TSX Venture Exchange, aunque sin limitarse a ellos. El hecho de que la Empresa o cualquier otra parte no obtenga suficiente capital y/o financiamiento de la deuda, o cualquier otro tipo de aprobaciones de accionistas para transacciones que se deriven de la Licitación, o para cumplir con otras condiciones a tal fin; que la Empresa podrá renunciar a cualquier depósito de monto en efectivo realizado por el incumplimiento de completar la Licitación o de algún otro modo; que la realización de la Licitación o cualquier otra transacción que se derive de ellos podría implicar costos, responsabilidades o demoras inesperados; que, previo o como resultado de la compleción de cualquier tipo de transacción contemplada por la Licitación, el negocio de la Empresa podría experimentar importantes interrupciones debido a la incertidumbre relacionada con la transacción , las condiciones del sector, las guerras de tarifas u otros factores; la capacidad para implementar el escrito adjunto otorgado a la Empresa; los plazos establecidos para los distintos informes y/o asuntos con respecto al Proceso de Venta que no se cumplan; la capacidad de la Empresa para participar, de algún otro modo, en el Proceso de Venta (y los costos relacionados asociados con ellos ) ; el monto, de haberlo, de los ingresos asociados con el Proceso de Venta; los reclamos que compiten de otros acreedores de Venezuela, PDVSA y la Empresa, incluidos los intereses sobre las evaluaciones de dichos acreedores y cualquier tipo de prioridad que se les asigne en virtud del mismo; las incertidumbres con respecto a los posibles acuerdos entre Venezuela y otros acreedores, y el impacto de cualquiera de dichos acuerdos respecto del monto de los fondos que podría estar disponible en virtud del Proceso de Venta; y los ingresos del Proceso de Venta podrían no ser suficientes para cumplir con los montos pendientes en virtud de la adjudicación arbitral de septiembre de 2014 de la Empresa y/o la sentencia completa correspondiente del 15 de noviembre de 2015 de los EE. UU.; y las ramificaciones de la bancarrota en cuanto al Proceso de Venta y/o los reclamos de la Empresa, incluidos los que se deriven de la prioridad de otros reclamos. Esta lista no pretende ser exhaustiva en cuanto a los factores que podrían afectar las declaraciones prospectivas de la Empresa. Para un análisis más detallado de los factores de riesgo que afectan el negocio de la Empresa, consulte el Debate y Análisis de la Gerencia de la Empresa para el año finalizado el 31 de diciembre de 2024, así como otros informes presentados ante SEDAR+, los que se encuentran disponibles en el perfil de la Empresa en www.sedarplus.ca.
Se recomienda a los inversores no depositar una confianza indebida en las declaraciones prospectivas. Todas las declaraciones prospectivas posteriores, tanto orales como escritas, atribuibles a Gold Reserve o a personas que actúen en su nombre se califican expresamente en su totalidad en este aviso. Gold Reserve renuncia a cualquier intención u obligación de actualizar cualquier declaración prospectiva de manera pública, o de algún otro modo, así como de revisar las declaraciones prospectivas o la lista precedente de supuestos o factores, ya sea como resultado de nueva información, eventos futuros o de algún notro modo, sujeto a sus obligaciones de divulgación en virtud de las normas aplicables promulgadas por las leyes provinciales y territoriales en títulos valores canadienses aplicables.
NI TSX VENTURE EXCHANGE NI SU PROVEEDOR DE SERVICIOS DE REGULACIÓN (CONFORME SE DEFINE DICHO TÉRMINO EN LAS POLÍTICAS DE TSX VENTURE EXCHANGE) ASUME RESPONSABILIDAD POR LA ADECUACIÓN O PRECISIÓN DE ESTE COMUNICADO.
Para obtener más información sobre Dalinar Energy, visite: https://www.dalinarenergy.com.
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