Armas y el abuso doméstico
Una reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia dio una importante victoria para las mujeres y los niños en su protección contra la violencia doméstica.
El fallo unánime, redactado por la jueza Sonia Sotomayor, señaló que la mayoría de las agresiones físicas “son relativamente menor” y consisten en “empujar, agarrar, cachetear y pegar”. La jueza agregó que es irrelevante si esta acciones dejan marcas o abrasión para que sea considerado por la ley como violencia doméstica.
El caso cuestiona la interpretación de la ley federal que prohibe la posesión de armas a los convictos de violencia doméstica. Estaba en disputa el caso de James Castleman quien argumentó que no usó la violencia física contra su esposa en el incidente por el cual se declaró culpable de un “delito menor de violencia domestica”.
Varios tribunales estuvieron de acuerdo con él, mientras que la Asociación Nacional del Rifle (NRA) volvió argumentar que solamente a los convictos de delitos serios de violencia se les podía prohibir la posesión de arma sin violar los derechos de la Segunda Enmienda.
O sea que para el NRA hay que esperar que un cónyuge mate al otro para recién entonces prohibirle que tenga armas. Lo que no toma en cuenta el NRA, y sí lo resalta Sotomayor en su decisión, es el perverso aumento gradual de violencia que caracterizan los casos de abusos doméstico.
El respaldo unánime del Alto Tribunal al fallo, a pesar de que otros jueces no coincidan con todos los argumentos de Sotomayor, es una victoria del sentido común, es un triunfo del derecho del individuo más vulnerable en el hogar por sobre el agresor al castigarlo ejemplarmente prohibiéndole la portación.
El veredicto seguramente salvará vidas al quitarle a los cónyuges violentos las armas de la manos para impedir que un acto de enojo los convierta en asesinos.