Corte Suprema de California descarta sentencias largas de menores porque no cometieron homicidio
Los jóvenes fueron hallados culpables de secuestrar y violar a dos niñas en el condado de San Diego
La Corte Suprema de California revocó las condenas de dos menores a quienes no se les otorgaba el derecho de acceder la libertad condicional hasta que cumplieran al menos 50 años en prisión. Los magistrados expusieron dudas sobre la constitucionalidad de dicha práctica y destacaron que estas condenas no toman en cuenta la juventud de los acusados, ni su capacidad de cambiar.
Con el voto favorable de cuatro magistrados y contrario de tres, el fallo judicial tuvo base en una decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos, emitida en 2010, que le puso fin a condenas de cadena perpetua sin derecho a la libertad condicional para menores, al menos de que hayan sido declarados culpables de un homicidio. También apuntó a un fallo anterior de la Corte Suprema del estado que decía que la condena de 110 años para un menor por intento de asesinato equivalía a cadena perpetua sin la posibilidad de libertad condicional y, por lo tanto, era inconstitucional.
Las dos condenas en cuestión en California, según los partidarios, no acataban el fallo federal porque los acusados no iban a poder solicitar la libertad condicional hasta cumplir 66 y 74 años.
“(P)ara ese entonces ya habrían pasado la mayoría de su vida adulta en prisión”, dijo Goodwin Liu, quien funge como juez asociado del alto tribunal, en entrevista con Associated Press. De acuerdo con Liu, las condenas violan la prohibición constitucional de aplicar castigos “crueles e inusuales”.
Los contrincantes de la decisión, sin embargo, alegaron que los dos menores, quienes fueron condenados como adultos en 2012 por secuestrar y violar a dos niñas en el condado de San Diego, aún tendrían la oportunidad de cambiar y reintegrarse a la sociedad.
Tras el fallo de la Corte Suprema de California, un tribunal inferior tendrá que volver a sentenciar a los jóvenes.