Por esta razón Belinda enfrenta serios problemas en México

Tribunal mexicano asegura que la cantante violó la ley electoral al apoyar a candidatos de López Obrador

Belinda en problemas con el gobierno mexicano.

Belinda en problemas con el gobierno mexicano. Crédito: Agencia Reforma

MÉXICO – El Tribunal Electoral de México señaló que la cantante Belinda violó la ley electoral del país, al haber participado en actos proselitistas para apoyar a los candidatos del Movimiento de Regeneració Nacional (Morena), ya que ella tiene ciudadanía española.

Además la cantante pop,también participó en actos Andrés Manuel López Obrador, cuando era candidato presidencial.

La sala regional especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aprobó por unanimidad dar vista a la Secretaría de Gobernación para que analice el caso de la cantante española Belinda, quien, con calidad de extranjera en el país, participó en un acto de campaña con los candidatos del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) violando la ley electoral.

A la cantante pop se le acusa de haber participado en actos de campaña en el estado central de Morelos y donde repartió bienes a los ciudadanos en apoyo a candidatos de Morena, durante las campañas electorales.

“El artículo 33 de la Constitución, como principio dice: ‘Los extranjeros -yo diría ‘los y las’, pero bueno- no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país’. Es decir, es una prohibición tajante”, expuso la magistrada presidenta en funciones de la sala, Gabriela Villafuerte.

“Es la primera vez en Sala Especializada, analizamos la participación de una, en este caso de una extranjera en actos. (…) tenemos la presencia, reconocida porque así fue, hay pruebas, de una cantante Belinda, quien también conforme a las constancias, porque tenemos los documentos notariales, incluso, es de nacionalidad española con permiso de migrante y residencia permanente en México. Ella misma nos ofreció estas pruebas”, añadió la magistrada.

El tribunal da así respuesta a la denuncia del Partido de la Revolución Democrática que interpuso una denuncia luego de detectar que Belinda entregó objetos con el logotipo de Morena.

Al resolver la queja del PRD en contra de Morena y sus candidatos por un acto proselitista el 22 de junio, en el Municipio de Jojutla, afectado por el sismo del 19 de septiembre, la sala impuso también una multa de 16 mil 120 pesos a los candidatos de Morena en Morelos: Jorge Arturo Argüelles Victorero y Juan Ángel Flores Bustamante por realizar un acto proselitista y repartir regalos a los ciudadanos.

El tribunal electoral no aplicó sanciones a Belinda, pero ordenó “dar vista a la Secretaría de Gobernación para que en el ámbito de sus atribuciones determine lo que en derecho corresponda”.

Aunque el gobierno tiene las atribuciones constitucionales para expulsar a los extranjeros del país por participar en actos proselitistas que solo competen a los ciudadanos mexicanos.

El PRD también acusó al entonces candidato presidencial Andrés Manuel López Obrador por avalar actos de coacción del voto, pero en este caso los magistrados decidieron que eran “inexistentes” las infracciones que se le atribuían.

Los partidos Morena, PES y PT fueron amonestados públicamente por el acto proselitista que consideraron con infracciones a la ley por repartir bienes y con ello coaccionar el voto por tener ese municipio población vulnerable.

“Es un municipio que desde el 19 de septiembre ha estado catalogado con un gran desastre y con una gran necesidad y los artículos entregados en esos eventos, se observa a la artista acompañada de los entonces candidatos, entregando de manera personal los artículos utilitarios a las personas”, expuso la magistrada ponente, María del Carmen Carreón.

La sentencia fue aprobada por unanimidad.

El tercer integrante de la sala, el magistrado Carlos Hernández Toledo no comentó en la sesión pública la propuesta de sentencia pero votó a favor de ella.

Sin embargo, para que la sentencia quede firme y surta efectos, deberá ser confirmada por la sala superior del TEPJF en caso de inconformidad de los actores involucrados.

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