¿Qué pasa si encuentras monedas de oro en México y qué dice la ley?

En el Código Civil Federal de México se establece cuál debe ser el proceder legal sobre el hallazgo de “un tesoro” en espacios públicos o propiedades privadas

Qué pasa si encuentras monedas de oro en México y qué dice la ley

Los descubrimientos que benefician el arte o la ciencia deben ser entregados a la nación, según el Artículo 878 del Código Civil Federal de México. Crédito: Shutterstock | Shutterstock

Si bien encontrarse objetos de valor como monedas de oro suele generar mucha emoción es importante conocer cómo se debe proceder en estos casos, ya que la mayoría de los países tienen legalidades a las que hay que regirse sobre todo si la persona desea vender la pieza en algún mercado de subastas.

En el caso de México las estipulaciones se establecen en el Código Civil Federal en el Libro Segundo del Código Civil, específicamente Título Cuarto, Capítulo III donde se comprende los Artículos 875 al 885.

En estos apartados se considera a los objetos, joyas o alguna pieza de valor en depósito oculto y con desconocimiento de procedencia como “tesoros”. Por lo tanto, si el mismo fue hallado en la propiedad que pertenece al descubridor este tiene derecho legítimo a quedárselo tal y como resalta el Articulo 876.

Ahora bien, si ese “tesoro” se encuentra en una propiedad ajena al descubridor o en un espacio de dominio público, el botín debe repartirse en partes iguales entre la persona que lo halla y el dueño de la propiedad, como está determinado en el Artículo 877.

No obstante, dentro del Código Civil Federal en el Artículo 878 se especifica que si ese descubrimiento es de beneficio para la ciencia o el arte debe ser entregado a los órganos competentes de la nación a fin de causar un beneficio para el Estado, y este gesto será compensado con un precio justo a quienes estén involucrados en el descubrimiento.

Por otra parte, la ley aclara que no se permite las violaciones a la propiedad con desconocimiento del propietario con el fin único de buscar “un tesoro”, ya que si alguien lo hace sin autorización será el propietario dueño de lo hallado, además los daños causados al terreno o propiedad deberán ser pagados.

En el caso de que una persona no dueña de la propiedad, pero tiene derecho a usarla (usufructo) halla un “tesoro” lo que encuentre puede quedárselo tal y como lo explica el Artículo 884.

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