En defensa de los pacientes de las clínicas de salud comunitarias
La propuesta es defectuosa. Carece de importantes medidas para proteger a pacientes y debe ser derrotada.
Las clínicas comunitarias de Los Ángeles en alto riesgo bajo los recortes propuestos a Medicaid.(Cortesía SEIU) Crédito: SEIU | Wikimedia Commons
SEIU-UHW, un poderoso sindicato que incluye a los trabajadores de la salud del oeste del país, propuso una medida electoral iniciada con el objeto de modificar el estatuto estatal. Se trata de una práctica democrática que California comparte con 20 estados más.
Presentó el doble de las firmas requeridas para aprobar su moción, que es el equivalente al 5% de los votos emitidos en la más reciente elección para gobernador.
Con ello, logró avanzar esa propuesta de ley, que los votantes decidirán el 3 de noviembre.
Es probable que por mayoría simple, los votantes decidan su destino.
Se trata de la Clinic Funding Accountability and Transparency Act.
El hecho de que sea un sindicato el promotor de la medida le otorga un halo de prestigio; parecería que solo por ser la propuesta de ley iniciada por éste, es una evidencia de que su propósito es velar por la gente, por la comunidad, por el pueblo.
No es así en este caso.
Independientemente del propósito del sindicato al proponer la ley, su efecto es contrario. Tiene el potencial de perjudicar a la gente, la comunidad, el pueblo. Especialmente a la comunidad migrante latina de California.
¿Por qué? ¿De qué se trata? ¿Qué dice esta moción?
Lo siguiente: Un voto “sí” apoya esta iniciativa para exigir que los centros de salud calificados a nivel federal (FQHC) sin fines de lucro y sus similares gasten al menos el 90% de sus ingresos totales anuales en metas que avancen en la misión del centro de salud.
Y por supuesto, un voto “no” lo rechaza.
Esta ley quiere que los miles de centros de salud sin fines de lucro se sometan a una estructura de gastos, que, detalla, será definida por el Procurador General del estado.
¿Y si no? La clínica comunitaria que dedique más ingresos de lo permitido en gastos no aceptados por el Procurador General será multada. La multa será depositada en una cuenta separada, y usada para “la capacitación, contratación y retención de trabajadores clínicos”, a decisión de la Legislatura.
El problema con esta propuesta no es que provenga de un sindicato. SEIU-UHW merece mi respeto. Pero en el apuro para beneficiar a sus miembros, perjudica a las clínicas comunitarias latinas, al deber específico de estos centros de salud con la comunidad y a sus millones de pacientes, entre ellos, familias de sus propios miembros.
Para muchos, las clínicas comunitarias son la única opción de atención médica.
Especialmente tomando en cuenta el enorme daño que está causando a la comunidad la ley federal H.R. 1 – El famoso One Big Beautiful Bil de Donald Trump . Los efectos de esta normativa devastaron centros de salud y clínicas comunitarias con una combinación letal de pérdida de cobertura federal, reducción de ingresos operativos y requisitos administrativos que limitan la asistencia pública. Por culpa de ella, centenares de miles de angelinos perdieron su cobertura de Medi-Cal, minando las bases financieras de las clínicas comunitarias anteriormente compensadas por el gobierno federal.
Por su parte, la Clinic Funding Accountability and Transparency Act (Ley de Transparencia y Responsabilidad de la Financiación Clínica) pretende que el estado controle los gastos, inversiones, esfuerzos y en última instancia decisiones de las clínicas comunitarias de California.
No es el momento. Y no de esta manera.
Según el informe de 2024 del California Health Care Almanac, el número de pacientes que recibieron atención en los Centros de Salud Calificados a nivel Federal o FQHC, aumentó de 4,1 millones en 2015 a 5,3 millones en 2022, un 31%. La mayoría de ellos son latinos y de bajos ingresos.
Y el mismo texto de la medida, tal como fue presentado al Fiscal General Rob Bonta
reconoce su importancia, al decir que “Los Centros de Salud Federalmente Calificados (FQHC) son una forma de clínica comunitaria fundamental para la red de seguridad de atención médica de California, ya que su misión es brindar atención primaria y preventiva a poblaciones de bajos ingresos y desatendidas”.
Lo hacen sin ánimo de lucrar, con un trabajo a menudo voluntario y siempre esforzado. Especialmente ahora, cuando la gente tiene menos opciones, estas clínicas son insuficientes como para satisfacer las necesidades de la comunidad.
Necesitan más y no menos apoyo.
Pero lamentablemente, los proponentes pintan un cuadro extraño, contradictorio e irresponsable de la realidad que viven las clínicas comunitarias.
Según la introducción a la medida, “los trabajadores reportan escasez crónica de personal, altas cargas de trabajo y rotación de personal, así como largas esperas para los pacientes,” lo cual lamentablemente es cierto.
Pero al mismo tiempo afirma que “muchas clínicas son muy rentables y a veces registran superávits anuales de hasta el 20% de los ingresos totales, en lugar de gastar los fondos de manera consistente con su misión caritativa”.
¡No sólo eso! Agrega el texto: “muchas clínicas pagan cuotas excesivas de sus ingresos hacia la compensación ejecutiva, lo que resulta en una inversión insuficiente en los servicios básicos para pacientes”.
Todo esto sin decirnos cuántas son esas clínicas que se reservan ganancias, cuáles son las que reparten compensaciones exageradas, qué porcentaje de ellas son “muy rentables”. La moción, después de reconocer la importancia y el papel de las clínicas comunitarias, las pinta como insensibles a la salud de las comunidades, preocupadas por su propio lucro.
Quien ha conocido a las clínicas comunitarias sabe que eso no es cierto. De lo que conocemos, no es así. Si hay alguna que se aproxime a esa descripción tan negativa, pues que la denuncien, que se investigue, que cambien a su comité directivo, que la multen, que la cambien.
En lugar de eso, proponen atar de manos y pies a todas las clínicas comunitarias, desatender sus realidades y en última instancia, perjudicarlas.
Al revés de lo que nos están haciendo pensar. Aunque no sea ese su propósito.
Porque el problema es que la moción de ley no incluye específicamente como gasto “aceptable” los servicios especiales que ofrecen nuestras clínicas comunitarias a la comunidad. No los define como parte de ese 90%.
¿Cuáles son? Por ejemplo, los servicios de traducción, navegación para pacientes, transporte y trabajadores de extensión comunitaria, como las promotoras. Todos ellos necesarios para centenares de miles de pacientes de bajos ingresos que necesitan que les traduzcan lo que dicen aquellos médicos, farmacéuticos, enfermeros, personal administrativo que no hablan su idioma. Que necesitan que les expliquen el proceso de atención médica. Que necesitan que los acerquen a los centros de salud porque no tienen auto y el transporte público puede llevarles horas. Y que son beneficiados enormemente por las promotoras de salud.
Todos estos gastos logran la misión de mejorar la equidad y el acceso a la atención médica. Deben ser considerados como tales.
Principalmente se opone a esta legislación la California Primary Care Association (CPCA), que en abril la demandó en un tribunal federal para evitar que aparezca en la boleta electoral de noviembre. La demanda, “California Primary Care Association vs Weber”, sigue su curso.
CPCA y numerosas organizaciones de atención médica, clínicas, asociaciones comerciales y organizaciones comunitarias han formado la coalición Protect Patients (Proteger a los Pacientes). En esta página se presentan todas las organizaciones participantes: https://protectpatientsca.com/our-coalition/
La consecuencia de esta omisión es una ambigüedad respecto a la inclusión o exclusión de esos servicios. El estatuto que se someterá a la voluntad popular en noviembre no los menciona, no los protege, sino que delega en la autoridad para definir lo que constituye un gasto calificado al Fiscal General de California.
Este a su vez se basará en los dictámenes de un formulario federal para determinar los ingresos de cada institución, ya que si bien el principal formulario de seguimiento exento de impuestos de California es el FTB 199 (Declaración informativa anual de organizaciones exentas), la propuesta instruye a las organizaciones sin fines de lucro detallar sus ingresos con base en “los datos reportados en la cifra de ingresos totales de la línea 12 de la Parte I del Formulario 990 de cada clínica”.
La propuesta es defectuosa, carece de importantes definiciones, y causa daño a las clínicas comunitarias en el momento más frágil y vulnerable que hemos visto en muchas décadas. Por lo tanto, tiene que ser derrotada.
En definitiva, un análisis centrado no solo en el beneficio de los trabajadores de la salud sino en la supervivencia de las clínicas, el mantenimiento de los servicios que ofrecen a la comunidad latina y en los millones que no tienen acceso a otra forma de atención médica, arroja que el texto tiende a ignorarlos.
La moción de ley no es lo que pretende ser. A nuestra gente, no le conviene.