La Opinión Hoy: Solicitudes para Green Card a partir del 19 de agosto

Inmigrantes indocumentados, cónyuges de estadounidenses, podrán aplicar en USCIS por una Green Card a través del proceso anunciado por el presidente Biden en junio pasado.

Vivian Ragan holds the envelope containing her United States citizenship papers and an American flag at a naturalization ceremony, Thursday, May 16, 2019, in Centennial, Colo. (AP Photo/David Zalubowski)

USCIS recordó los requisitos para quienes busquen el nuevo beneficio, aunque recordó que la evaluación se haría “caso por caso”. Crédito: David Zalubowski | AP

La Oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés) aclaró que a partir del 19 de agosto comenzará a recibir las solicitudes de inmigrantes sin documentados cónyuges de estadounidenses, luego de la orden del presidente Joe Biden del pasado 18 de junio.

La agencia insistió en que no aceptará peticiones antes de la fecha mencionada, USCIS recordó los requisitos para quienes busquen este nuevo beneficio: la persona debe estar en los Estados Unidos sin haber ingresado con alguna visa ni en libertad condicional, la persona debe haber estado continuamente en el país durante al menos diez años hasta el 17 de junio del 2024, la persona debe tener un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense al 17 de junio de 2024,la persona no debe tener antecedentes penales que lo descalifiquen ni constituir de un modo u otro a una amenaza a la seguridad nacional o a la seguridad pública, estos son los requisitos básicos, pero la agencia publicará más detalles en el registro federal y recordó que la evaluación se hará caso por casos.

USCIS ofrecerá más detalles en su página web sobre el proceso para estos inmigrantes a fin de que estén listos cuando puedan presentar sus solicitudes.

– Documento de evidencia de un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense al 17 de junio de 2024.
– La documentación de prueba de identidad, incluidos los documentos vencidos, puede incluir: licencia de conducir o identificación válida del estado o país de origen.
– Acta de nacimiento e identificación con fotografía.
– Pasaporte válido o cualquier documento emitido por el gobierno del país de origen.

Para demostrar la residencia de al menos 10 años en el país se podrán enviar algunos de los siguientes documentos:

– Recibos de alquiler o facturas de servicios públicos.
– Registros escolares (cartas, boletas de calificaciones, etc.).
– Registros hospitalarios o médicos.
– Certificados de su residencia por entidades religiosas, sindicatos u otras organizaciones, identificándolo por su nombre.
– Recibos de giros postales por dinero enviado hacia o desde los Estados Unidos.
– Actas de nacimiento de niños nacidos en los Estados Unidos.
– Transacciones bancarias fechadas.
– Recibos, título o registro de licencia de automóvil.
– Escrituras, hipotecas o contratos de arrendamiento o pólizas de seguro.

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