¿Qué dice el artículo 155 con el que el gobierno español podría intervenir en Cataluña?
El gobierno español dio un segundo ultimátum al presidente de Cataluña, Carles Puigdemont
La maquinaria legal para la activación potencial de uno de los artículos hasta ahora más desconocidos de la Constitución de España echó a andar.
Desde la celebración el 1 de octubre del referéndum de autodeterminación de Cataluña considerado ilegal por la Justicia, el presidente de la región, Carles Puigdemont, declaró que asumía el “mandato del pueblo” para que “Cataluña se convierta en un estado independiente en forma de república” .
Pero seguidamente propuso “suspender los efectos de la declaración de independencia” para emprender un proceso de diálogo .
Ante la ambigüedad de sus palabras, el gobierno central de Madrid le dio un primer ultimátum para que aclarara si declaró la independencia en unos días y lo amplió al jueves de esta semana ante la falta de respuesta.
En el caso de que Puigdemont siguiera manteniendo su silencio cuando se cumpla la fecha indicada, o de que conteste afirmativamente o de forma ambigua, el ejecutivo español se plantea recurrir al artículo 155.
Se trataría de la primera vez que esa disposición se utiliza en España desde que se aprobó la Constitución en 1978, y de momento hay diversos grupos que se oponen a su aplicación, ante el miedo de que la medida genere una nueva oleada de rechazo en Cataluña.
Mecanismo de protección
El artículo fue colocado como una especie de mecanismo de protección de emergencia, en caso de que alguna de las 17 comunidades autónomas que forman España ” no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España “.
“Es una cláusula de salvaguarda del estado de derecho “, le dijo a BBC Mundo José Carlos Cano Montejano, profesor de derecho constitucional de la Universidad Complutense de Madrid.
El artículo 155 le daría poder al gobierno central para adoptar ” las medidas necesarias ” para forzar a esa comunidad a cumplir con las obligaciones constitucionales.
Los expertos consultados por BBC Mundo coinciden en valorar que España se encuentra ahora ante un desafío institucional sin precedentes.
Y en ese contexto excepcional, utilizar el artículo 155 podría ser una de las avenidas jurídicas que el gobierno español podría tomar.
Pero ¿cu á les podrían ser esas “medidas necesarias”?
Terreno inexplorado y sin restricciones explícitas
El del artículo 155 es un ámbito todavía inexplorado , porque nunca se desarrolló en leyes concretas.
Tampoco se utilizó ni se desarrolló en Alemania, de cuya Constitución se copió, según Cano Montejano.
En ese contexto, ofrece ” un marco de discrecionalidad amplio “, cuya aplicación y alcance dependería de la interpretación que de él quiera hacer el gobierno español.
Aunque no hay restricciones explícitas, su aplicación estaría sujeta a la aprobación “por mayoría absoluta del Senado”, según dice el propio artículo.
Eso implicaría que esas medidas que el gobierno considere “necesarias” tendrían que ser concretadas y puestas a debate en un pleno parlamentario, antes de ser sometidas a votación por el senado.
Ello permitiría evitar una acción unilateral por parte del gobierno , aunque el gobernante Partido Popular del presidente Mariano Rajoy actualmente tiene mayoría en el Senado.
Una vez aprobadas esas medidas, el ejecutivo podría ejercer esa intervención potencial en Cataluña.
Entre los posibles escenarios que permitiría el artículo 155, Cano Montejano cita la suspensión de órganos o competencias de la autonomía, por ejemplo en lo referente a la policía y el orden público o a la educación.
Potencialmente podría, por ejemplo, permitir la inhabilitación de los miembros del gobierno catalán.
Pero ” no estamos hablando de una intervención militar” , matiza el experto en derecho constitucional.
En cualquier caso, lo que no puede hacer el artículo 155 , según Antonio Rovira, catedrático de derecho constitucional de la Universidad Autónoma de Madrid, es suspender la autonomía, “porque la autonomía forma parte de la estructura más sólida del Estado”.
” Se pueden suspender servicios, funcionarios y actividades, pero no una comunidad autónoma “, le dijo a BBC Mundo.
¿Cómo se aplicaría y con qué plazos?
Para aplicar el artículo 155 el gobierno español primero le requirió formalmente al presidente de Cataluña que dé marcha atrás en su “rebeldía constitucional” y le dio un plazo concreto para hacerlo.
Esa formalidad podría hacerse en un solo día, según Cano Montejano, aunque Rajoy optó por dar un plazo mayor.
De no cumplirse, el gobierno español tendría que convocar al Senado y preparar el orden del día. Eso podría tomar una semana , señala el experto.
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¿Qué otras alternativas jurídicas tiene el gobierno de España?
Según Cano Montejano, de los tres “planos de acción posibles” que el gobierno español podría tomar, utilizar el artículo 155 es el más leve, porque ” no implica una restricción de libertades y de derechos ” de los ciudadanos.
El segundo plano sería usar el artículo 116 para declarar el estado de excepción , que nunca en la historia de la democracia española ha sido utilizado.
Sí se decretó el estado de alarma hace unos pocos años, cuando un paro por sorpresa de los controladores obligó a cerrar el espacio aéreo español y enviar a militares a los aeropuertos para restablecer el tráfico de aeronaves.
El estado de excepción, según el experto, es más grave porque “permitiría la suspensión de derechos fundamentales y libertades civiles”, como el establecimiento de un toque de queda.
Y finalmente, la vía de actuación más dura, “que espero sea implanteable”, dice, sería la del artículo 8 de la Constitución, que permite el uso de las fuerzas armadas, “para garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional” .
Este artículo estaba pensado como protección ante la invasión de un país extranjero o una declaración de guerra.
” Nadie podía pensar que también valdría para el hecho inverso : que desde el territorio nacional se pudiese plantear una situación de secesión”, reconoció el profesor de derecho constitucional.
*Este artículo se publicó originalmente el 4 de octubre de 2017 y fue actualizado el 18 de octubre de 2017.