Dejar lo terrenal en orden

La mayor parte de las personas no tienen testamento. Es un error.

Cada estado tiene sus propias regulaciones de testamentaría en EEUU./Shutterstock

Cada estado tiene sus propias regulaciones de testamentaría en EEUU./Shutterstock Crédito: Shutterstock

Una de las cosas más tediosas, y quizá frustrantes, de la vida es organizar todos los documentos oficiales y no oficiales que tienen que ver con la administración de los bienes además de las obligaciones que se tengan.

Pero es importante para los seres queridos que, mejor antes que después, todos nos apuremos en la tarea de dejar las cosas terrenales organizadas y repartidas de la mejor manera posible. Ahorra dinero y muchos problemas que son muy dolorosos para quienes tienen que gestionar lo poco o mucho, las obligaciones y derechos de quien se va.

Gallup, la empresa de estadísticas, certificó hace dos años que solo el 44% de los americanos tienen hecho testamento, el documento que precisa la voluntad de la persona que  fallece en el que se explica qué hacer con lo que se deja atrás. Es un porcentaje mucho más bajo que en años precedentes cuando se ha hecho esta misma pregunta. Mayoritariamente, este 44% son mayores de 65 años.

Hacer testamento o gestionar en vida la administración y división de bienes no es una cuestión solo de personas acaudaladas con muchas propiedades. Ciertamente, estas personas tienen más que pensar y distribuir pero en general la mayor parte de los hogares tiene algunos ahorros, propiedades, seguros, planes de pensiones, joyas, acciones, muebles u objetos de valor que quieren que pasen a determinadas manos.

En caso de que tenga una enfermedad que sepa que va a afectar a su capacidad cognitiva, es mejor que lo haga cuanto antes para que no se impugne y cuestione su última voluntad.

En caso de que no se tenga un testamento la propiedad será dividida y distribuida según las leyes de cada estado entre los miembros de la familia supervivientes y las decisiones finales sobre cuestiones específicas (¿se acuerda de ese reloj que era de su bisabuelo y usted quiere que tenga su nieta?) estarán a merced de los supervivientes. (Ese reloj puede terminar en la muñeca del hijo que su segundo esposo tuvo antes de casarse con usted, por ejemplo).

Cuando las circunstancias familiares sean complicadas (varios matrimonios, dependientes con problemas de salud o desarrollo…), lo mejor es que por poco que se tenga, se disponga de ello.

Hay varias maneras de dejar las cuestiones atadas como tener documentos de propiedad conjunta (como la escritura de una casa), designar beneficiarios en los seguros de vida, planes de pensiones o cuentas de banco, o crear trusts que son unos pactos legales para gestionar los bienes y se van transfieriendo. No es algo aconsejable para quienes no tienen propiedades de cierto peso o personas en las que confíen o contraten para estar al frente de estos trusts.

Lo más básico es hacer testamento. Cada estado es diferente a la hora de regular la testamentaría y delimitar cuestiones específicas. Por ejemplo hay estados como el de Nueva York en el que no se permiten los ológrafos (escritos a mano por el testador con la firma) para los civiles (si en algunos casos para militares). Pero en todos se recoge la propiedad que se quiere dejar a la familia (incluyendo o excluyendo personas), amigos u organizaciones.

Hay que establecer si se quiere un albacea (executor), que es la persona encargada por el testador para hacer cumplir lo dejado por escrito. Este albacea es normalmente una persona de confianza que custodia, ejecuta la última voluntad, paga deudas (si es algo que está estipulado), impuestos y distribuye los bienes.

Si la situación no es muy complicada: hay una serie de bienes pero no hay hijos de distintos esposos, varios matrimonios, separación pero no divorcio o intención de desheredar a alguien, por ejemplo, se puede crear un testamento con formularios legales que existen en Internet. Nolo.com y Legalzoom.com son algunas de las empresas que proveen estos documentos a un coste razonable, no mucho más de $100.

Hay que imprimirlos. Tienen que ser firmados por dos testigos, además del testador y notarizarlos. Si va a optar por esta vía, fíjese en que los testamentos pueden ser modificados porque la vida puede ser muy larga y necesita adaptarlos a esta.

Actualizar beneficiarios cada cierto tiempo en sus cuentas, seguros o planes de pensiones es también algo que debe tener en cuenta.

 En caso de que tenga muchas propiedades, inversiones, familia (problemas con esta) o incluso tenga activos en su país de origen o donde sea, es mejor ponerse en manos de un abogado que le puede ayudar a gestionar el futuro de sus bienes.

En el caso de que disponga de propiedades en su país de origen, acuda al consulado para preguntar qué debe hacer con respecto a estos.

Y un último consejo: en testamentaría, la última acción invalida a la anterior. Es decir, el documento que se deje con la última fecha es el que vale. Aunque sea el más vago y menos sofisticado, el último es el que prevalece si no se cuestiona la capacidad del testador en el momento en el que otorga este último documento.

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