Corte Suprema rechaza revisar ley que deslinda a empresas de Internet de contenidos inapropiados
La Corte Suprema rechazó revisar la Sección 230 de la Ley de Decencia, mediante la cual las grandes compañías de Internet se deslindan de responsabilidad por permitir que, utilizando sus dominios, sitios y plataformas, terceros difundan contenidos inapropiados
La Corte Suprema se negó a revisar ley federal que deslinda de responsabilidad a las grandes compañías de Internet de los contenidos publicados por terceros a través de sus respectivos dominios.
La denominada Sección 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones, la cual fue promulgada en 1996, exime a las grandes empresas tecnológicas de cualquier responsabilidad civil que pudiera surgir del contenido publicado por terceros a través de sus sitios, dominios o plataformas.
Por ello, se pretendía que la máxima instancia de justicia tomará cartas en el asunto para obligar a las grandes tecnológicas a ser más estrictas con el monitoreo sobre lo que se publica a través de sus dominios o bien a establecerles una sanción en caso de que continúen rehuyendo a dicha obligación.
Algunos especialistas en materia de legislación han coincidido en afirmar que la Sección 230 está malinterpretada o quizá es utilizada por las plataformas de redes sociales y otros sitios con el objetivo de eludir una rendición de cuentas sobre la falta de atención exhibida al no estar pendientes sobre la divulgación de contenidos inadecuados a través de sus canales de difusión.
En este sentido, los jueces Clarence Thomas y Neil Gorsuch no sólo discreparon con respecto a la decisión de la Corte Suprema de negarse a revisar a detalle la Sección 230, sino que subrayan la urgente necesidad de determinar si las plataformas de redes sociales pueden ser consideradas responsables por no ejercer un control más férreo sobre contenido que terceros están filtrando en sus canales de divulgación.
“No nos engañemos: la demora conlleva peligro. Las plataformas de redes sociales han utilizado cada vez más la Sección 230 como una carta para salir de la cárcel sin pagar nada“, escribió Thomas.
El año pasado, un adolescente, identificado en los documentos judiciales como John Doe, y el equipo de abogados que lo representó en un caso de hostigamiento sexual utilizando la aplicación Snapchat como canal para constantemente enviarle material de contenido explicito, trataron de demandar a la compañía dueña de la aplicación de mensajería enfocada en dispositivos móviles.
No obstante, de inmediato, los abogados de la compañía tecnológica se apoyaron en la Sección 230 para librarse de toda responsabilidad.
Aunque se intentó encontrar otra alternativa para que la demanda continuara adelante, el único recurso era escalarla hasta llegar a Corte Suprema, donde tampoco no tendría éxito.
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