Ciertos cónyuges de extranjeros con visas de empresario y ejecutivos ya pueden solicitar permiso de trabajo

USCIS informó que ciertos cónyuges no inmigrantes 'E' y 'L' pueden utilizar como evidencia de autorización de empleo basada en su estatus de no inmigrante

Extranjeros USCIS visas de trabajo

USCIS dijo que esta vez consideraría que los cónyuges "E" y "L" están autorizados para laborar con base en su estatus válido de ni inmigrante E o L. Crédito: John Moore | Getty Images

El servicio de inmigración de EE.UU. actualizó recientemente la guía de permisos de trabajo con los cuales ciertos cónyuges de extranjeros con visas “E” y “L” (empresarios y ejecutivos) pueden realizar la solicitud de autorización de empleo (EAD) mientras esperan que llegue la green card.

La Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) informó que “ciertos cónyuges no inmigrantes ‘E’ y ‘L’ pueden utilizar como evidencia de autorización de empleo basada en su estatus de no inmigrante”.

Este cambio fue anunciado el pasado mes de noviembre cuando el ente señaló que volvería a tramitar y otorgar permisos de trabajo a empresarios y ejecutivos con visas “E” y “L” mientras esperaban que les llegara la green card.

En un comunicado, la USCIS dijo que esta vez consideraría que los cónyuges “E” y “L” están autorizados para laborar con base en su estatus válido de ni inmigrante E o L.

Desde el anuncio, “el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) agregó nuevos códigos de Clase de Admisión (COA) para diferenciar los cónyuges de los hijos ‘E’ y ‘L'”.

“A partir del 30 de enero, USCIS y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) comenzaron a enviar Formularios I-94 con los siguientes nuevos COA para ciertos cónyuges ‘E’ y ‘L’: E-1S, E-2S, E-3S y L-2S”, explicó la agencia.

Asimismo, señaló que “se aceptará un Formulario I-94 no vencido que tenga uno de estos nuevos códigos como evidencia de autorización de empleo para cónyuges bajo la Lista C del Formulario I-9”.

Si usted es un cónyuge ‘E’ o ‘L’ de 21 años o más que tiene un Formulario I-94 no vencido que USCIS emitió antes del 30 de enero, le enviaremos por correo una notificación a partir del 1 de abril de 2022 o alrededor de esa fecha“.

“Esta notificación, junto con un Formulario I-94 no vencido que refleje el estatus de no inmigrante E-1, E-2, E-3, E-3D, E-3R o L-2, servirá como evidencia de autorización de empleo”, precisó el USCIS en el comunicado.

En caso de que los cónyuges “E” o “L” sean menor de 21 años o si no ha recibido si respectiva notificación para antes del 30 de abril, recomiendan enviar un correo electrónico a E-Lmarried-U21@uscis.dhs.gov.

“Solo enviaremos notificaciones a personas identificadas como cónyuges cualificados a base de un Formulario I-539 aprobado por USCIS. Las personas que recibieron su Formulario I-94 de parte de CBP deben visitar http://www.cbp.gov”, apuntó.

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