Hermana del Mayo Zambada gana “round” a Gobierno mexicano; le descongelan cuentas

Las cuentas de la hermana del líder del Cártel de Sinaloa fueron descongeladas por esta razón

Ismael "El Mayo" Zambada

Ismael "El Mayo" Zambada Crédito: Semanario Proceso | Cortesía

Las cuentas bancarias la de Ana María Zambada García, hermana del narcotraficante Ismaelel MayoZambada, líder del Cártel de Sinaloa (CDS) fueron descongeladas de manera provisional.

La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de México bloqueó las cuentas bancarias de la hermana de Zambada en octubre del 2019 por lo que Ana María promovió un amparo.

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En enero pasado, el juez concedió una suspensión provisional para que levantaran la suspensión hasta en tanto concluya el juicio de amparo, lo cual notificó oficialmente el 2 de febrero de 2021, informó Río Doce.

Se detalló que en la demanda de amparo, Ana María Zambada alegó que es maestra pensionada y en la cuenta bloqueada es en la que el Gobierno mexicano deposita su pensión.

En tanto, las cuentas relacionadas con el Cártel Ruelas Torres, grupo vinculado con Los Mazatlecos fueron descongeladas de manera definitiva.

Las personas que ya pueden acceder a sus recursos son José María Ruelas Ávila, Sigi Alfredo Mondaca Ávila, Raquel Rivera Guerrero, Trinidad Ruelas Ávila, Reyna Isabel Rivera Sandoval, Cruz Sánchez Medrano y Pedro Sánchez Medrano.

Tenían las cuentas congeladas luego que el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos los ubicó como miembros del cártel que opera en el municipio de Guasave desde hace más de 20 años, en alianza con Fausto Isidro Meza Flores, alias el Chapo Isidro, líder de Los Mazatlecos.

La organización era liderada por José Luis Ruelas Torres, alias don Luis, de 63 años, y por su hijo José Luis Ruelas Ávila. Don Luis fue detenido en abril de 2017 y murió en octubre de ese mismo año mientras enfrentaba un proceso de extradición; mientras que Ruelas Ávila, fue encontrado muerto en un canal en Los Mochis, en 2018.

El Tribunal Colegiado en Materia Penal concedió el amparo para que levanten la suspensión de las cuentas bancarias.

Según los magistrados la orden de aseguramiento fue decretada por un Ministerio Público sin que mediara autorización judicial.

El dinero en sí es un objeto lícito, que no es necesario como prueba en el proceso penal aunque aclara que es posible que eventualmente sea decomisado, pero después de un trabajo en donde se determine su relación con los hechos delictivos.

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