Nueva ley del 1 de julio permitirá a los bancos congelar cuentas hasta por 30 días

Un estado de EE.UU. permitirá a bancos congelar cuentas hasta por 30 días ante sospechas de fraude contra ciertos grupos sociales desde el 1 de julio

Congelamiento de cuenta

Una nueva ley estatal permitirá que congelen tu cuenta durante 30 días: te decimos quiénes serían afectados y por qué. Crédito: Shutterstock

A partir del 1 de julio, los bancos y cooperativas de crédito en uno de los estados de EE.UU. contarán con una nueva herramienta para combatir el fraude financiero. Una ley recientemente promulgada permitirá a estas instituciones financieras congelar temporalmente cuentas y retrasar ciertas transacciones cuando existan sospechas razonables de explotación económica. Te decimos en dónde y a quiénes beneficiará esta situación.

La legislación fue firmada por el gobernador de Georgia, Brian Kemp, como parte de un paquete de nuevas leyes estatales. Entre ellas se encuentra el proyecto HB 945, ahora denominado Ley de Protección Financiera para Adultos Mayores y Vulnerables y Ley de Quioscos de Criptomonedas, que busca reducir las pérdidas ocasionadas por estafas bancarias y reforzar la supervisión de las operaciones con criptomonedas, principalmente para proteger a adultos mayores y personas con discapacidad, grupos sociales vulnerables a estos delitos.

La norma autoriza a los bancos a imponer restricciones temporales sobre cuentas pertenecientes a un “adulto elegible”, aquellas donde esta persona sea beneficiaria o incluso cuentas relacionadas con alguien sospechoso de cometer la explotación financiera.

Por explotación financiera se entiende aquellos movimientos o circunstancias que indiquen que un adulto mayor o una persona con discapacidad podría estar siendo víctima de una estafa o de un abuso económico.

Según el texto de la ley, un adulto elegible es cualquier persona de 65 años o más o un adulto con alguna discapacidad. El objetivo es impedir que el dinero salga de las cuentas mientras se investiga una posible estafa.

La retención inicial podrá mantenerse durante 15 días hábiles. Si la investigación confirma que siguen existiendo indicios razonables de explotación financiera, el banco podrá extender el bloqueo por otros 15 días hábiles, alcanzando un máximo de 30 días.

Durante ese periodo, la institución financiera deberá investigar los hechos que motivaron la retención para determinar si corresponde mantenerla o levantarla.

La ley también establece que, una vez aplicada la retención, el banco o la cooperativa de crédito deberá notificar por escrito a todas las personas autorizadas para acceder a la cuenta y al “contacto de confianza” registrado por el cliente dentro de los tres días hábiles siguientes.

Sin embargo, si la institución considera que alguna de las personas con acceso a la cuenta podría estar involucrada en la presunta explotación financiera, no estará obligada a notificarle sobre el bloqueo.

Además, la legislación concede protección legal a los bancos, cooperativas de crédito y sus empleados cuando actúen de buena fe y con la debida diligencia al aplicar estas medidas preventivas.

El HB 945 no solo aborda el fraude bancario, también incorpora nuevas obligaciones para los cajeros automáticos de Bitcoin y otras criptomonedas. Entre ellas destaca la obligación de mostrar advertencias claras sobre el riesgo de fraude y recordar a los usuarios que estas operaciones son irreversibles, por lo que el dinero podría no recuperarse si son víctimas de una estafa.

Asimismo, las comisiones por utilizar estos quioscos no podrán superar el 18% del monto de la transacción. También se fijan límites diarios de $2,500 dólares para nuevos clientes y $10,000 dólares para usuarios existentes.

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