USCIS difunde guía para determinar inadmisibilidad por motivos de carga pública

La guía actualizada del Manual de Políticas establece una lista completa de las categorías sujetas a la causal de inadmisibilidad por carga pública

USCIS difunde guía para determinar inadmisibilidad por motivos de carga pública

Nueva guía para estatus a residente permanente. Crédito: Bebeto Matthews | AP

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) dio a conocer una nueva guía para determinar si es probable que un extranjero que solicita el ajuste de estatus a residente permanente legal se convierta en una carga pública.

El organismo estadounidense precisó que esta guía explica qué categorías de extranjeros están sujetas a la causal de inadmisibilidad por carga pública y qué categorías ha eximido el Congreso.

“El 16 de julio de 2026, el DHS anunció una regla final que deroga las regulaciones de inadmisibilidad por carga pública de 2022, establecidas durante la administración Biden. La regla final se publicó formalmente en el Registro Federal el 20 de julio de 2026 y entra en vigor el 18 de septiembre de 2026. Las directrices actualizadas se alinean con la intención del Congreso de que los extranjeros en los Estados Unidos sean autosuficientes y no dependan de beneficios gubernamentales financiados por los contribuyentes”, señala en un comunicado.

De acuerdo con USCIS, todos los extranjeros que solicitan el ajuste de estatus a residente permanente legal están sujetos a la causal de inadmisibilidad por carga pública, a menos que soliciten bajo una categoría de inmigración exenta.

Para determinar quienes están sujetos a la inadmisibilidad por carga pública, USCIS dio a conocer la lista completa de las categorías en que si se aplica y en cuáles quedan exentas.

USCIS difunde guía para determinar inadmisibilidad por motivos de carga pública
USCIS rechazará las peticiones de Green Card de ciertos extranjeros.
Crédito: USCIS | AP

Categorías sujetas a carga pública

-Cónyuges, hijos y padres de ciudadanos estadounidenses
-Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses y sus hijos
-Cónyuges, hijos e hijas solteros de residentes permanentes legales
-Hijos e hijas casados ​​de ciudadanos estadounidenses y sus cónyuges e hijos
-Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses
-Prometidos/as de ciudadanos estadounidenses
-Amerasiáticos según la categoría de preferencia, nacidos el 31 de diciembre de 1950 o después, y antes del 22 de octubre de 1982.
-Viudas o viudos de ciudadanos estadounidenses
-Trabajadores prioritarios
-Profesionales con títulos avanzados o extranjeros con habilidades excepcionales.
-Trabajadores cualificados, profesionales y otros trabajadores
-Inversores
-Trabajadores religiosos
-Determinados empleados o exempleados del gobierno de los Estados Unidos en el extranjero
-Empleados de la Zona del Canal de Panamá
-Graduados de facultades de medicina extranjeras
-Empleados jubilados de organizaciones internacionales
-Personal de las fuerzas armadas estadounidenses
-Emisoras internacionales
-Diplomáticos o altos funcionarios que no puedan regresar a casa (Artículo 13 de la Ley del 11 de septiembre de 1957)
-Inmigrantes con visa de diversidad
-Ciertos participantes anteriores al 1 de enero de 1982
-Testigos o informantes extranjeros

Categorías que no están sujetas a carga pública

-Solicitantes de asilo y refugiados
-Inmigrantes amerasiáticos en el momento de la admisión
-Intérpretes afganos e iraquíes o ciudadanos afganos e iraquíes empleados por o en nombre del gobierno de los Estados Unidos.
-Ciudadanos cubanos y haitianos que solicitan el ajuste de estatus conforme a la sección 202 de la Ley de Reforma y Control de la Inmigración de 1986.
-Solicitantes que buscan el ajuste bajo la Ley de Ajuste Cubano
-Nicaragüenses y otros centroamericanos que están ajustando su estatus a residente permanente legal
-Haitianos que están ajustando su estatus a residente permanente legal bajo la Ley de -Equidad en la Inmigración de Refugiados Haitianos de 1998.
-Lautenberg, reclusos en libertad condicional
-Menores inmigrantes especiales
-Solicitantes de registro
-Solicitantes que buscan el estatus de protección temporal
-Determinados embajadores, ministros, diplomáticos y otros funcionarios gubernamentales -Extranjeros no inmigrantes, y sus familias.
-Víctimas de trata de personas (no inmigrantes)
-Víctimas de actividades delictivas que califican (no inmigrantes U)
-Personas que presentan autopeticiones en virtud de la Ley contra la Violencia contra las Mujeres
-Ciertos extranjeros maltratados que son “extranjeros cualificados” según la Ley de -Reconciliación de Responsabilidad Personal y Oportunidades Laborales de 1996.
-Solicitantes que ajustan su estatus y que califican para un beneficio como cónyuges -Sobrevivientes, hijos o padres de miembros de las fuerzas armadas.
-Indígenas estadounidenses nacidos en Canadá que no son ciudadanos estadounidenses
-Ciertos miembros de la Banda de Indios Kickapoo de Texas de la Tribu Kickapoo de Oklahoma
-Ciudadanos de Vietnam, Camboya y Laos que soliciten financiación en virtud de la Ley de -Asignaciones para Operaciones Extranjeras, Financiación de Exportaciones y Programas Conexos de 2001.
-Libertad condicional polaca y húngara
-Ciertos ciudadanos sirios
-Solicitantes que se ajustan a la Ley de Equidad en la Inmigración de Refugiados de Liberia

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